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Mesa electoral del pasado 28 de mayo. GIT

Cuándo sortean las mesas electorales para el 23J en Burgos

Las próximas elecciones generales del domingo 23 de julio han disparado el voto por correo e incluso la cancelación de la vacaciones de verano. Consulta cuáles son las exenciones si te toca mesa electoral

Ruth Rodero

Burgos

Jueves, 22 de junio 2023

El anuncio del presidente del Gobierno de adelantar las elecciones generales al domingo 23 de julio, en pleno periodo estival, ha provocado una avalancha de solicitudes de voto por correo pero también la cancelación de las vacaciones de verano de algunas familias por si salen ... en el sorteo de las mesas electorales.

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El pleno para el sorteo de los nombres que conformarán las mesas en las elecciones del 23J se celebrará en todos los ayuntamientos de España entre el 23 y el 27 de junio aproximadamente. En Burgos será el próximo lunes 26 de junio a las 9 horas de la mañana cuando se conozca qué personas tendrán que acudir de forma obligatoria a los colegios.

Una vez realizado el sorteo, los presidentes, suplentes y vocales de las mesas electorales recibirán una carta en sus domicilios con las indicaciones pertinentes. En esa carta que suele entregar Correos, aparece detallada la información sobre qué puesto te ha tocado ocupar y la hora a la que debes presentarte en el colegio electoral el día de las elecciones.

En el sorteo entran todas las personas censadas en la localidad, que sean menores de 70 años y que sepan leer y escribir. Se excluyen del sorteo quienes cumplen los 18 años en el plazo entre la formación de las listas y la votación.

Además, son dos los suplentes escogidos por cada persona que forma parte de la mesa electoral. Esto quiere decir que son dos suplentes por cada vocal y otros dos suplentes por el presidente de la mesa.

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En Burgos las matemáticas demuestran que uno de cada 44 electores será mesa el 23 de julio. Más de 6.714 personas se verán 'agraciadas' como titular o suplente en las próximas elecciones generales.

Cómo librarse de la mesa electoral

La Ley Electoral contempla una serie de posibles excepciones para formar parte de mesas electorales en caso de resultar elegido.

Las exenciones, de hecho, son numerosas, pero han de estar todas debidamente acreditadas y tendrán que ser validadas por la propia Junta Electoral de Zona mediante un recurso que deberá presentarse en el plazo de siete días desde la recepción de la carta certificada. Una vez analizado el recurso, la propia Junta Electoral dictaminará si efectivamente existe justificación para no formar parte de la mesa electoral, pero si entiende que dicha justificación no es tal, el elegido deberá acudir al colegio a las 8 de la mañana del día de las elecciones.

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En este sentido, y aunque la decisión final depende en exclusiva de la propia Junta Electoral, la propia Ley Orgánica del Régimen Electoral General enumera una serie de exenciones generales, organizadas en función de la casuística particular.

Para empezar, todos los miembros de las mesas han de tener al menos el graduado escolar que garantice que saben leer y escribir y han de tener una edad comprendida entre los 18 y los 70 años, aunque los mayores de 65 años pueden renunciar. A partir de ahí, se abre un amplio abanico de posibles exenciones para estar en mesa electoral que puedes consultar aquí.

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