El Tribunal Supremo suspende, después de 31 días en vigor, el toque de queda adelantado a las 20:00 horas en Castilla y León y el Gobierno autonómico de coalición PP-Cs, de inmediato decide responderanticipando el cierre de actividades a esa misma hora para «favorecer el aislamiento de las personas» ... para «evitar contagios» de covid-19. Esos fueron los argumentos que ofreció el presidente de la Junta, Alfonso Fernández Mañueco, al que escuchaba en primera fila del salón de actos el vicepresidente Francisco Igea.
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Esta especie de toque de queda económico afecta, sobre todo, a negocios comerciales y de hostelería que tenían actividad (centros comerciales, gimnasios e interior de restaurantes y bares estaban cerrados y así siguen) El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica el acuerdo que aprobado por el Ejecutivo de Alfonso Fernández Mañueco y que establece la entrada en vigor de la medida a las 20:00 horas de la tarde de hoy, miércoles 17, y también las actividades que se libran de ese cierre por adelantado.
La «medida sanitaria preventiva de carácter excepcional de limitación horaria», en definición del Boletín Oficial, el horario máximo de apertura será hasta las ocho de la tarde para establecimientos, actividades y servicios salvo para los siguientes casos:
Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad y los dedicados a la venta de combustible para automoción y calefacción, además de los servicios de alquiler de vehículos y las instalaciones de inspección técnica de vehículos (ITV).
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En el caso de la hostelería y los restaurantes, podrán trabajar más allá de las 20:00 horas en las actividades que tienen autorizadas en este momento, que es la venta de comida para reparto a domicilio. Del cierre no se libra el consumo en terrazas, que los hosteleros deberán recoger a las ocho de la tarde.
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Eluden esta nueva medida restrictiva los centros, servicios y establecimientos sanitarios; los centros o clínicas veterinarias; los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales cuya actividad no esté suspendida y servicios de naturaleza análoga, además de los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
Podrán abrir más allá de las ocho de la tarde los velatorios.
El acuerdo de la Junta establece que podrá desarrollarse por encima de las ocho de la tarde la práctica de la actividad deportiva permitida, así como aquellas actividades deportivas individuales al aire libre.
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Quedan exentos de cumplir el cierre adelantado los servicios profesionales, de seguros, y de empleados de hogar y también los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, así como todos aquellos establecimientos, actividades y servicios que deban asegurar el mantenimiento de los mismos
La medida tampoco afecta a los centros de enseñanza, que tendrán el horario establecido por la Consejería de Educación, a las universidades y a las entidades de formación acreditadas de formación profesional para el empleo. Tampoco a las escuelas municipales de música y danza.
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Todas estas actividades podrán desarrollarse más allá de las 20:00 horas y no están afectadas por la nueva limitación de horario que impone la Junta.
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