Imagen de un test diagnóstico de covid. BC

Cómo solicitar la baja por covid: estos son los requisitos

Sanidad cambió los requisitos para obtener una baja laboral en caso de contagio por coronavirus, así como los informes que el servicio sanitario de prevención de riesgos laborales debe aportar para acreditar ciertas condiciones

Lunes, 16 de mayo 2022

Con la gripalización de la pandemia, Sanidad modificó los requisitos para obtener una baja laboral en caso de contagio de covid, y también los informes que el servicio sanitario de prevención de riesgos laborales debe expedir para acreditar síntomas que lleven a la necesidad de ... teletrabajo o de incapacidad temporal.

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En primer lugar, para valorar una baja laboral por coronavirus es obligatoria la confirmación del diagnóstico con PDIA positiva (Prueba Diagnóstica de Infección Activa).

Novedades para pedir la baja por covid

Por contacto estrecho: acordada por la Comisión de Salud Pública la eliminación de la cuarentena a todos los contactos estrechos de un positivo a nivel comunitario sin excepción, se esté o no vacunado, desde el 04/03/2022, no se deberán emitir partes de baja por incapacidad temporal por contacto/sospecha de exposición a la covid-19. Sí puede ser necesaria la realización de pruebas de seguimiento entre los trabajadores relacionados con ámbitos vulnerables.

Persona con síntomas compatibles: aquellos trabajadores que no tengan relación con ámbitos vulnerables, siempre que sea posible y en caso de que la sintomatología lo permita, se recomienda el teletrabajo y evitar la interacción con grupos vulnerables. Es necesaria la realización de PDIA entre los trabajadores relacionados con ámbitos vulnerables.

Persona con covid confirmado: aquellos trabajadores que no tengan relación con ámbitos vulnerables, siempre que sea posible y en caso de que la sintomatología lo permita, se recomienda el teletrabajo o readaptación del puesto de trabajo para evitar la interacción con grupos vulnerables. Las personas que trabajan en ámbitos vulnerables y los trabajadores que prestan apoyo y cuidados a personas vulnerables, no acudirán a su centro de trabajo.

Personas con especial sensibilidad en relación a la infección de coronavirus SARS-CoV2: se indicará incapacidad temporal si no existe posibilidad de teletrabajo, adaptación del puesto de trabajo, protección adecuada que evite el contagio o reubicación en otro puesto exento de riesgo de exposición al coronavirus.

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Trabajadores de ámbitos vulnerables

En el caso de las personas que trabajan en ámbitos vulnerables como centros, servicios y establecimientos sanitarios, centros sociosanitarios y centros de día que prestan asistencia sociosanitaria, centros penitenciarios y otros centros con personas institucionalizadas y las que prestan apoyo y cuidados a personas vulnerables, Sanidad recomienda su reubicación en otras áreas del centro de trabajo calificadas como no vulnerables y, si fuese posible, que realicen teletrabajo u otro tipo de tareas que no impliquen contacto directo con otras personas.

En caso de que el teletrabajo o su reubicación en otro puesto no sea posible, «no acudirán a su centro de trabajo, si son casos confirmados, durante los primeros cinco días desde el inicio de síntomas o de la fecha de diagnóstico en caso de personas asintomáticas», apunta Sanidad.

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Pasado este tiempo y siempre que hayan transcurrido 24 horas sin fiebre o con una clara mejoría de los síntomas, deben realizarse una prueba de Ag (test rápido de antígeno) y si el resultado es negativo podrán volver a su lugar de trabajo habitual. En caso de que sea positivo se repetirán cada 24 horas hasta obtener un resultado negativo.

Por su parte, los trabajadores de estos ámbitos y grupos que sean contactos estrechos pueden acudir a su puesto de trabajo aunque se les solicitará una PDIA a los 3-5 días del seguimiento y, durante los 10 días posteriores a la última exposición con el positivo, deben mantener las mismas medidas que los contactos de la población general (uso de la mascarilla y adecuada higiene de manos).

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Sanidad especifica que serán las Comunidades y las Ciudades Autónomas las que establezcan los procedimientos y circuitos a seguir en cada caso.

Nuevo protocolo frente a la covid

Tras los cambios en los criterios de Sanidad, la pandemia pasa a un nuevo nivel para la prevención y actuación frente al coronavirus. Esto conlleva un nuevo protocolo de actuación y nuevas medidas a adoptar en caso de ser positivo.

El 28 de marzo Sanidad inició una nueva fase para la prevención y actuación gracias a la baja transmisión y letalidad que está mostrando actualmente la enfermedad, con los síntomas de las nuevas variantes del coronavirus, como la llamada XE y también con la inmunidad que se ha logrado por medio de las dosis de refuerzo de la vacuna

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Los cambios más importantes se han producido a la hora de diagnosticar la enfermedad o de guardar cuarentenas. La 'Estrategia de Vigilancia y Control frente al covid tras la fase aguda de la pandemia' establece que los casos leves o asintomáticos no están obligados a aislarse como hasta ahora se venía haciendo. De la misma manera tampoco deben guardar cuarentena los contactos estrechos.

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