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Burgos capital, Miranda de Ebro, Medina de Pomar y Briviesca estrenan este martes las nuevas restricciones impuestas por la Junta de Castilla y León ante el aumento de la incidencia acumulada en estos municipios. El interior de los establecimientos de hostelería permanecerá cerrado, al ... menos por un periodo de catorce días (hasta el 19 de abril), y se cierran también las salas de juego y apuestas.
La provincia, como el resto de Castilla y León, sigue en alerta 4 de riesgo sanitario, con medidas restrictivas que se van actualizando en función de la evolución epidemiológica. Aquí tienes desglosasa cuáles son las restricciones actuales, qué podemos hacer y qué en Burgos a fecha 6 de abril de 2021.
Castila y León se encuentra cerrada perimetralmente hasta el próximo 9 de mayo, cuando decae en principio el estado de alarma, por lo que se no puede entrar o salir de la región salva causa justificada. Eso sí, es posible la movilidad dentro del propio territorio regional, entre provincias y municipios, pues no existen otros tipos de cierres perimetrales, ni en principio hay intención de establecerlos.
Igualmente, la región mantiene el toque de queda entre las 22:00 y las 6:00, que solo se puede incumplir por causa justificada (por motivos laborales, formativos, sanitarios, de causa de fuerza mayor o asimilados).
Con motivo de las celebraciones de Semana Santa, Castilla y León estableción una serie de restricciones adicionales que se mantienen en vigor hasta el 9 de abril. En lo que se refiere a las reuniones de personas solo están permitidas para convivientes en espacios privados. Mientras, en espacios públicos se pueden reunir hasta cuatro personas (salvo que sean convivientes, que se permite mayor número), tanto si los espacios son abiertos como cerrados.
Estas limitaciones no afectan a la confluencia de personas en dependencias, instalaciones y establecimientos abiertos al público que cuenten con un régimen de de medidas de prevención y control aprobado por la autoridad sanitaria. Es decir, establecimientos de hostelería, espacios culturales, administraciones públicas, comercio o espacios de trabajo, que se rigen por sus propios aforos y restricciones.
Los establecimientos de hostelería deben ajustarse también al toque de queda (6:00 a 22:00) para los horarios de apertura y cierre, aunque los servicios de entrega a domicilio y recogida en local no están sujetos a esta restricción. Tampoco los centros hosteleros ubicados en estaciones de servicio. La hora de cierre, salvo las excepciones, son las 22:00, no pudiéndose admitir clientes más allá de esta hora. El establecimiento debe estar cerrado a las 23:00.
El consumo en el interior de bares y restaurantes debe cumplir una serie de medidas: dos metros de distancia entre mesas, no se puede consumir de pie o en la barra y están prohibidos los bufets o autoservicios. La ocupación máxima de la mesa y organización de mesas son 6 personas. En el caso de las terrazas, el aforo máximo es del 75% de las mesas permitidas. La distancia entre mesas debe de ser de 1,5 metros. No se puede realizar consumo de pie y, de nuevo, la ocupación máxima de mesas es 6 personas.
Burgos capital, Miranda de Ebro, Medina de Pomar y Briviesca, dadas las restricciones que entran en vigor este 6 de abril (y hasta el 19 de abril), tienen el interior de la hostelería cerrado. Solo se podrá realizar consumo en terrazas. La medida no afectará a los servicios de entrega a domicilio y recogida en local; a restaurantes de hoteles y alojamientos turísticos, cuando sean de uso exclusivo para clientes; ni a los servicios de restauración de centros sanitarios, sociosanitarios, sociales, laborales, formativos, escolares o de estaciones de servicio y asimilados.
En toda la provincia, las discotecas y el resto de establecimientos de ocio nocturno, así como las peñas, están cerrados al público.
Los grandes centros comerciales están abiertos, con horario máximo de apertura de 6:00 a 22:00. El aforo máximo es de un tercio de su capacidad ordinaria. En el caso de establecimientos o locales distribuidos en varias plantas, la presencia de clientes en cada una de ellas deberá guardar esta misma proporción (1/3). Para los comercios pequeños y los establecimientos de actividades de servicios profesionales ajenos a centros o parques comerciales, rigen las mismas horas: apertura de 6:00 a 22:00 y aforo de un tercio.
En el caso de mercados que desarrollan su actividad en la vía pública, ferias comerciales al aire libre, mercados de ganado y entes feriales, el aforo máximo es del 50%. El horario, de nuevo, ajustado al estado de alarma y al toque de queda.
Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, tiene limitado el aforo a un tercio de su capacidad, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia o un metro y medio, para los casos de butacas preasignadas. Si no hay asientos preasignados, aforo máximo de 25 personas en espacios cerrados y 50 personas en espacios al aire libre, sin que en ningún caso pueda superarse el 33% del aforo. Horario, el que marca el toque de queda.
En los centros de ocio infantil, el aforo máximo es de un tercio, y en cuanto a las actividades de tiempo libre dirigidas a la población juvenil, al aire libre se debe respetar el aforo de un tercio de la asistencia habitual máxima, con un tope de 50 personas (incluyendo monitores). En espacios cerrados, un tercio de la capacidad máxima del recinto, con un máximo de 25 participantes incluidos los monitores.
Las atracciones de feria reducirán los aforos al máximo posible. Como mínimo, en las atracciones con asientos, el 50% de ocupación por cada fila. En las atracciones sin asientos, el 50% de la capacidad de la instalación si es posible mantener la distancia de seguridad interpersonal. No se podrá superar el 50% del aforo. La actividad de plazas, recintos e instalaciones taurinas está limitada a un tercio del aforo.
Y los establecimientos de juego (casinos de juego, las salas de bingo, los salones de juego y las casas de apuestas) permanecen abiertos, con un tercio del aforo, salvo en Burgos capital, Miranda de Ebro, Medina de Pomar y Briviesca.
Bibliotecas, archivos, museos y salas de exposiciones tienen un aforo máximo de un tercio. En las bibliotecas, los fondos usados deben pasar un periodo de 72 horas de cuarentena, y las actividades en grupo pueden tener un máximo de seis personas. En los archivos, los investigadores tienen que reservar puesto previamente en sala. Y, de nuevo, los fondos usados pasan cuarentena.
En museos y salas de exposiciones, las visitas de grupos serán de un máximo de 6 personas, incluido el monitor o guía. Monumentos y otros equipamientos culturales, lo mismo que en monumentos y otros equipamientos culturales.
Las instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física que no sean al aire libre tienen un aforo máximo de un tercio y hasta un máximo de 6 personas de forma simultánea. Las actividades colectivas y grupales, aforo máximo de 6 personas y espacio mínimo de 2x2 metros por usuario. Distancia mínima de 4 metros entre grupos. El horario, el establecido por el toque de queda.
La actividad física y deportiva no oficial (federada y no federada), aforo máximo 1/3, y hasta un máximo de 6 personas de forma simultánea. Puede realizarse de forma individual o colectiva, tanto al aire libre como en instalaciones cerradas y respetando distancia de seguridad. Actividades físicas y deportivas colectivas o grupales no oficiales (federadas y no federadas), aforo máximo de 6 personas, incluido monitor y con espacio mínimo de 2x2 metros por usuario. Distancia mínima de 4 metros entre grupos. Se pueden realizar tanto al aire libre como en instalaciones cerradas.
Actividad deportiva oficial de carácter no profesional y ámbito autonómico (federada y programa de deporte escolar), excepto las competiciones regulares con acceso directo o con fases de ascenso a competiciones regulares de ámbito estatal. Incluidos entrenamientos. En entrenamientos: máximo 30 personas simultáneamente. Se pueden realizar tanto al aire libre como en instalaciones cerradas. Mascarilla obligatoria en instalaciones cerradas, y al aire libre cuando sea inevitable el contacto físico. No se permitan las modalidades con contacto físico continuado (lucha y combate), excepto deportivas profesionales y competiciones oficiales clasificatorias de ámbito estatal.
Competiciones oficiales, incluyendo los entrenamientos, de carácter no profesional de ámbito estatal e internacional, de selecciones autonómicas, y competiciones regulares de ámbito autonómico con acceso directo o con fases de ascenso a competiciones regulares de ámbito estatal. Durante la restricción del horario nocturno se permite la circulación de deportistas y personal necesario para estas competiciones oficiales. Mascarilla no obligatoria. Se pueden realizar tanto al aire libre como en instalaciones cerradas.
La asistencia de público a eventos deportivos en instalaciones deportivas al aire libre e instalaciones cerradas, tiene un aforo máximo del 33% para asientos preasignados (con distancia mínima entre ellos) y de 25 personas en espacios cerrados (50 al aire libre) si no hay asientos preasignados.
Las piscinas también tienen restringidos sus aforos a un tercio, con horario de toque de queda.
En academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación, aforo de un tercio en formación presencial y horario máximo de apertura, las 22 horas.
Los velatorios están sujetos a un aforo máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados, sin superar en ningún caso un tercio del aforo máximo permitido. En los entierros, tanto si son al aire libre como en espacios cerrados, un tercio de aforo. La comitiva se restringe a un máximo 15 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, la persona que oficie el acto de despedida del difunto.
Cermonias nupciales y otras celebraciones religiosas, tanto si son al aire libre como en espacios cerrados, un tercio de aforo. Y en ceremonias nupciales civiles, lo mismo, con un máximo de 20 personas.
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