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Los hechos ocurrieron en Aranda de Duero entre 2020 y 2021. BC
31 años de prisión por agredir sexualmente a los nietos menores de su pareja en Aranda

31 años de prisión por agredir sexualmente a los nietos menores de su pareja en Aranda

El condenado convivía con su pareja, sus dos hijas y sus nietos de unos 8 y 11 años cuando ocurrieron los hechos. Está probado que agredió sexualmente a ambos y, además, protagonizó algún episodio de maltrato contra otra de las nietas, también menor de edad

Jueves, 12 de enero 2023, 14:49

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a 31 años de prisión a un hombre de 46 años por varios delitos continuados, cometidos en Aranda de Duero, contra la libertad sexual de dos menores de edad y maltrato en el ámbito ... familiar contra otra menor. Además, se le han impuesto 57 años de inhabilitación para cualquier profesión que conlleve contacto con menores de edad y 60 días de trabajo en beneficio a la comunidad.

El condenado también deberá indemnizar a las víctimas con un total de 18.300 euros y, además, no se podrá aproximar ni comunicarse con uno de ellos durante 31 años. La misma pena se le impone a favor de otro de los menores, pero durante nueve años y durante dos con respecto a la última menor.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial considera probado que este hombre cometió, en Aranda de Duero, mientras convivía con su pareja, sus hijas y sus nietos menores de edad, un delito agravado de agresión sexual con penetración a un menor, un delito agravado continuado de agresión sexual con penetración a otro menor, un delito agravado de agresión sexual, otro delito de agresión sexual a menor agravado en grado de tentativa y un último delito de maltrato en el ámbito familiar.

Convivencia con el agresor

Los hechos se remontan al mes de julio de 2020. El condenado era pareja sentimental de la abuela y convivió durante siete años con ella, con sus dos hijas y sus dos nietos en Aranda de Duero. Este hombre, de unos 43 años cuando se cometieron los hechos, representaba una figura en quien todos confiaban y muchas veces se quedaba al cuidado de los dos nietos menores de edad. De unos 8 y 11 años en 2020.

La sentencia considera probado que, en muchas ocasiones, el procesado había agredido a los menores y, por ello, el menor de los nietos sentía «temor» hacia la pareja de su abuela.

En julio de 2020 fue cuando el condenado, en el domicilio y valiéndose de su posición, obligó a uno de los menores a practicarle una felación. Consiguió este hombre que, debido al trabajo de la abuela y la madre de los nietos, estos se trasladaran a vivir con él. Fue aquí donde, «valiéndose de su situación de confianza y temor en el menor y con ánimo de obtener una satisfacción sexual» obligaba al menor a soportar diversas prácticas sexuales. Tras ocasionar una lesión al menor debido a una de estas prácticas, el menor contó lo que había pasado a su madre. Era ya julio de 2021. «Previamente no lo había hecho por miedo a la reacción del condenado, ya que éste le había agredido en algunas ocasiones y le había dicho que «no se lo contase a nadie» que «eran cosas de hombres», según se puede leer en la sentencia.

En esta época, entre noviembre de 2020 y julio de 2021, también obligó a diversas prácticas sexuales al hermano de este primer menor y nieto de su pareja sentimental.

Por último, en el año 2020, en el domicilio familiar, el procesado discutió con la hija de su pareja sentimental. La nieta de su pareja sentimental, para defender a su madre, se interpuso y el condenado la empujó contra la pared levantando su mano con intención amenazante sin llegar a agredirla.

Por todo ello, se le condenado a 31 años de prisión, 57 años de inhabilitación para ejercer cualquier profesión que conlleve contacto regular y directo con menores de edad, 60 días de trabajos en beneficio de la comunidad y libertad vigilada posterior a la pena de cárcel durante nueve años. Igualmente, se tiene que mantener alejado de los menores y no se puede tampoco comunicar con estos durante 31 años, nueve y dos respectivamente. La sentencia no es firme y cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.

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