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El Ayuntamiento de La Revilla y Ahedo ha sacado a concurso público la gestión de la cantina del pueblo, ubicada en la planta baja de la casa consistorial de La Revilla. El municipio, integrado en la comarca de la Sierra de la Demanda, se sitúa a 55 kilómetros de Burgos y, además, se divide en dos localidades: La Revilla y Ahedo. La cantina que sale a licitación se encuentra en esta primera localidad, La Revilla.
La gestión de la cantina sale por 360 euros anuales (IVA incluido), 30 al mes, una cantidad que es mejorable al alza y que se debe abonar, en todo caso, en un pago único a la final del contrato. Además, se exige una garantía previa a la formalización del contrato de 1.000 euros.
La documentación se puede obtener en el Ayuntamiento de La Revilla y Ahedo y también en su sede electrónica y en el perfil del contratante. Las ofertas se pueden entregar hasta el 10 de abril en el Ayuntamiento o por otros medios. Las ofertas se abrirán el 10 de abril a las 14 horas el primer jueves hábil siguiente a que termine el plazo señalado.
Los bares, en los pueblos, tienen también una función social, de hermandad, son un servicio más, por ello, el Ayuntamiento exige unos horarios y calendario de apertura para favorecer esa vida social.
Iniciativa similar a la de Valdeande, que busca quien gestione sus piscinas y el bar por 2.000 euros al año.
Debe permanecer abierto durante todo el año los viernes, sábados y domingos. Además, del 15 de junio al 15 de septiembre debe estar abierto toda la semana menos un día de descanso, el lunes. El resto del año, en temporada más baja, se podrá, con previo aviso al Ayuntamiento, cerrar el local, pero nunca coincidiendo con festivos, puentes o fiestas locales. Incumplir esto conlleva la pérdida de la garantía y puede tener carácter resolutorio. El arrendamiento se otorga por un plazo de un año prorrogable otro año más.
Los consumos de agua, suministro de energía eléctrica, calefacción, ventilación y refrigeración, la limpieza interior y exterior, los costes de reparaciones, mantenimiento y reposición, así como de las reparaciones que sean debidas al uso de la maquinaria ya existente correrán a cargo del arrendatario. A excepción del IBI, que corre a cuenta del Ayuntamiento.
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