Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha resuelto el contencioso que mantenían el Ayuntamiento de Salas de los Infantes y la Diputación con la empresa Kronopan por el pago del impuesto de actividades económicas (IAE) correspondiente al ejercicio 2018 ... que asciende a la cantidad de 92.287 euros.
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Según ha señalado el portavoz del equipo de Gobierno de la Diputación, Lorenzo Rodríguez, el TSJCyL ha fallado a favor de la empresa, por lo que exime a Kronospan de abonar el impuesto que se le reclama. En este caso, la Diputación de Burgos cobra los impuestos de los municipios que le han cedido esta labor, aunque el dinero se ingresa en las arcas municipales. Esta decisión del TSJCyL provoca que el Ayuntamiento de Salas de los Infantes deje de ingresar 92.287 euros, cantidad que se le reclamaba a la empresa en concepto del IAE.
Anteriormente, una sentencia había ratificado el recurso presentado por la Diputación y el Ayuntamiento de Salas de los Infantes contra la empresa Kronospan por el impago del Impuesto de Actividades Económicas durante el ejercicio 2018. En la anterior sentencia, el juzgado obligaba a pagar a la empresa el tributo pero Kronospan recurrió la decisión judicial y, en esta ocasión, el TSJ ha dado la razón a la empresa y la exime del pago de este impuesto.
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Julián Ruiz, concejal del Ayuntamiento de Salas, explica que el Consistorio no tiene que pagar nada a la empresa porque todavía esta no había pagado ningún recibo. «Tienen que pagar menos de lo reclamado por el Ayuntamiento tras esta decisión judicial por alguna bonificación pero aún falta el cobro de otros años», añade.
Desde Kronospan se explica que durante los años 2015, 2016 y 2017 el Ayuntamiento giró los recibos del IAE a la empresa sin las bonificaciones que ellos estimaban que les correspondían. El asunto acabó en los tribunales y, en primera instancia, se falló en contra de la empresa pero el TSJCyL dio la razón a Kronospan. Es decir, el Ayuntamiento tiene que volver a emitir los recibos del IAE a la empresa pero aplicando la bonificación que les corresponde. En el caso del IAE correspondiente al ejercicio 2018 ha ocurrido lo mismo. En primera instancia los juzgados fallaron en contra de Kronospan pero en segunda instancia han estimado que sí le correspondía esa bonificación. «No queremos dejar de pagar los impuestos. Hay buena relación y colaboración con el Ayuntamiento pero tampoco tenemos por qué pagar más de lo que nos corresponde», señalan desde el departamento legal.
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La empresa estaba exenta de pagar el IAE durante los cinco primeros años de actividad, medida con la que se busca atraer actividad económica a los municipios. El problema surgió cuando Kronospan subrogó Unopan, que era la denominación de la empresa salense. Es decir, la empresa cambio de denominación pero no de actividad económica. El regidor explica que desde Kronospan se alegaba que los siguientes cinco años, como nueva empresa, también estaban exentos de pagar el IAE.
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