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Junqueras. Foto: Efe | Vídeo: EP

La Abogacía cree que Junqueras tenía inmunidad cuando fue condenado

Los servicios jurídicos consideran que el preso debería de ejercer como eurodiputado mientras se mantenga su aforamiento

Lunes, 30 de diciembre 2019, 11:06

Por fin llegó el informe del que estaba pendiente todo el país. 16 páginas en las que la Abogacía del Estado solicita al Supremo que permita que el exvicepresidente catalán Oriol Junqueras acuda al Parlamento Europeo a recoger su acta. Y no solo ... eso, la Abogacía, a diferencia de la Fiscalía, defiende que Junqueras debería poder ejercer plenamente sus funciones como europarlamentario ya que, sostiene, su inmunidad sigue intacta a pesar de la sentencia condenatoria del procés.

La vigencia o no de la indemnidad de Junqueras hasta el día de hoy es un tema clave. De llevar el Supremo el criterio de la Abogacía al extremo, algo que por el momento descartan todas las fuentes consultadas, podría cuestionar la validez de su propia sentencia, al menos en lo que se refiere al exvicepresidente, ya que no se habría reclamado el suplicatorio pertinente. Según la tesis de los servicios jurídicos del Gobierno, a Junqueras se le habría condenado el pasado octubre a pesar de que su inmunidad estaba (y está) plenamente vigente desde los comicios europeos de mayo en los que fue elegido.

Los servicios jurídicos de Justicia, en síntesis, reclaman al tribunal que estime el recurso de súplica interpuesto por la representación de Junqueras. Se trata de una resolución en consonancia plena con el gesto que ERC venía exigiendo al Gobierno en funciones para facilitar la investidura de Pedro Sánchez. La Abogacía, no obstante, ha insistido en los últimos días que no iba a admitir presiones o injerencias y que el sentido de su informe iba a ser estrictamente jurídico.

La representación del Estado en la causa del 'procés' considera que «cabría permitir» tanto su desplazamiento a la Junta Electoral Central como a la sede de la cámara europea para cumplir con los trámites necesarios a fin de convertirse en eurodiputado de pleno derecho.

Sea como fuere, este organismo va más allá de respaldar el viaje a la Eurocámara y pide además a la sala que, en aplicación de la ya famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado 19 de diciembre que zanjó que Junqueras tenía que haberse podido desplazar a recoger su acta, que haga todo lo posible por facilitar al exvicepresidente catalán el ejercicio de su nueva función como eurodiputado mientras mantenga su estatus.

Totalmente activa

Según el escrito que firma la letrada que dirigió la acusación en el juicio del 'procés', Rosa Seoane, deberá ser ahora el Supremo el que decida la forma en la que se haga posible que Junqueras desempeñe esa misión de eurodiputado, que la Abogacía entiende que no se circunscribe únicamente a ese desplazamiento a recoger el acta, sino que implica «el desempeño de su función representativa en tanto mantenga su estatus parlamentario».

Y es que los servicios jurídicos del Estado, tras analizar en profundidad el fallo de Luxemburgo, llegan a la conclusión de que la inmunidad de Junqueras sigue totalmente activa a pesar de la sentencia condenatoria (y firme) del procés ya que, hasta el momento, la Junta Electoral Central, el órgano competente para dirimir todas las cuestiones relacionadas con la proclamación de candidatos a las elecciones europeas, no se ha pronunciado sobre la incompatibilidad de su condena con su condición de parlamentario europeo electo.

«Total validez»

Pero no son todo buenas noticias para Junqueras. La Abogacía, como era previsible, también pide activar los procedimientos para acabar cuanto antes con la condición de Junqueras como eurodiputado, ya que su condena por sedición y malversación incluía 13 años de cárcel, pero también 13 años de inhabilitación absoluta para la función pública.

Es por ello que los servicios jurídicos del Estado instan al Supremo, además de facilitar la misión parlamentaria de Junqueras, que garantice el cumplimiento de la sentencia del alto tribunal del pasado 14 de octubre sobre el 'procés', resolución a la que la Abogacía, recuerda el escrito, otorga total validez al haberse dictado «con estricta observancia de las normas esenciales del procedimiento penal».

Por esa razón, la Abogacía reclama a los magistrados españoles que soliciten «a la mayor brevedad» al Parlamento Europeo la suspensión de la inmunidad de Junqueras reconocida por el tribunal de Luxemburgo en aplicación del procedimiento que recoge su propia sentencia del 19 de diciembre.

Indisimulada sorpresa

La Abogacía del Estado no oculta su sorpresa por el contenido del fallo del tribunal de Luxemburgo. Es más, califica de «novedosa y compleja» la nueva doctrina de la corte sobre la inmunidad de los europarlamentarios. Y recuerda que solo cabe acatar el fallo del TJUE en cuanto «el derecho europeo forma parte de los sistemas jurídicos de los Estados miembros, que están obligados a respetarlo ya que tiene primacía sobre los derechos nacionales».

O lo que es lo mismo: que, en caso de conflicto entre una norma nacional y una disposición o un acto de una institución europea, «los órganos jurisdiccionales nacionales deben aplicar la disposición europea».

Por todo ello, los servicios jurídicos del Estado consideran «acertado» que el Supremo planteara la cuestión prejudicial sobre la inmunidad de Junqueras «para garantizar una interpretación uniforme del derecho de la Unión».

En cualquier caso, y a la vista de estos argumentos, será ahora el Supremo el que decida si para cumplir el fallo de la justicia europea debe excarcelar a Junqueras, dejarle solo ir a recoger su acta o si, por el contrario, todo esto ya no es necesario porque ese escenario sobre el que se preguntó a Luxemburgo ya ha sido superado por los hechos.

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