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La suerte está echada. Este lunes se ha llevado a cabo el pleno para sortear las mesas electorales en Burgos. El nuevo concejal de Economía, Hacienda e Industria del Consistorio burgalés, Ángel Manzanedo, ha actuado de 'mano inocente' para dar inicio a un sorteo que ... se ha completado sobre las 9:15 horas, cuando el programa ha dejado verificado los elegidos para conformar las mesas electorales.
A partir de este sorteo de las mesas electorales, la Junta Electoral Central (JEC) establece tres días de margen para notificar esta selección a los presidentes, vocales y suplentes de cada mesa electoral d las elecciones generales del 23J.
El Ayuntamiento publica este resultado, por lo que los vecinos de Burgos deben aguardar a recibir la temida carta remitida por correo postal para saber si les ha tocado esta lotería electoral que obliga a presentarse en el colegio correspondiente para conformar las mesas el día de las elecciones.
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Lo que sí se puede hacer es consultar a través de una página web habilitada por el Ayuntamiento en qué colegio le corresponde votar a cada elector. Para ello basta con introducir el DNI y la fecha de nacimiento.
Una vez celebrado este sorteo se abre el periodo de alegaciones. Siete días de plazo para que aquellos que hayan sido designados como presidente y vocal de mesa puedan presentar justificación documentada que les exima ante la JEZ de aceptar el cargo. En un plazo de cinco días, la Junta Electoral deliberará sobre cada uno de los casos y, si fuera necesario, comunicará la sustitución al primer suplente.
Si alguno de los designados no puede asistir al desempeño de su cargo, debe notificarlo a la Junta de Zona al menos 72 horas antes del acto, proporcionando las justificaciones pertinentes. Si el impedimento surge después de ese plazo, el aviso a la Junta debe realizarse de manera inmediata y, en todo caso, antes de la hora de constitución de la mesa. En tales casos, la Junta comunicará la sustitución al suplente correspondiente, si hay tiempo para hacerlo, y procederá a nombrar a otro en caso necesario. Una justificación que debe ir bien argumentada ya que la ley electoral contempla desde multas hasta penas de prisión por la incomparecencia a esta convocatoria durante una jornada electoral.
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