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Imagen de una cabina electoral para estas elecciones del 28M. RICARDO RUBIO / EP

Barbadillo del Pez celebra elecciones con un candidato fallecido en sus papeletas

El candidato falleció antes de las elecciones, pero después de ser proclamado, por lo que los tribunales no admitieron sustituciones. La Junta Electoral de Zona tendrá que decidir cómo se considerará ese voto

Domingo, 28 de mayo 2023, 13:40

Los votantes de Barbadillo del Pez se encontrarán en sus papeletas una 'sorpresa' desagradable. Uno de los candidatos que se presentaba para ocupar un hueco en el Ayuntamiento del pueblo ha fallecido antes de las elecciones, pero su nombre sigue en las listas.

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El ... hombre murió después de ser proclamado, y ahí ha residido la decisión de que permanezca su nombre en la papeleta. En un primer momento, la Junta Electoral de Zona (JEZ) permitió su sustitución. En cambio, el tribunal contencioso-administrativo de la Audiencia Provincial de Burgos no lo admitió como válido y manifestó que no era posible con un candidato proclamado hacer ningún tipo de sustitución. Así lo transmite la Subdelegación del Gobierno en Burgos.

Hay que tener en cuenta que los votantes que optaron por la modalidad de correo, sí pudieron votar a esta persona. Por eso, no se han admitido sustituciones, porque dentro de un mismo censo electoral se estaría optando por papeletas y candidaturas diferentes.

De esta manera, los vecinos pueden elegir al resto de candidatos y, en caso de que elijan a la persona fallecida, la JEZ determinará cómo se considerará ese voto. Pedro de la Fuente, subdelegado del Gobierno en Burgos, ha adelantado que parece ser que la JEZ decidirá que se contabilice como voto en blanco.

Las particularidades de un pueblo pequeño

Para entender mejor esta situación hay que tener en cuenta las particularidades de la votación en los municipios de menos de 250 habitantes. En estos casos se trata de votación abierta, similar a la votación al Senado.

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Todos los candidatos aparecen en un listado, con su partido identificado. Si son menos de 100 habitantes, le corresponden tres concejales. Si el pueblo tiene entre 101 y 249, le corresponden cinco. Los vecinos marcan dos o cuatro, en función del tamaño de su municipio. Entre los tres o cinco nombres más votados se conforma el Ayuntamiento. En el Pleno de Constitución, los concejales que tomen el acta votarán al alcalde.

En este caso, en el listado de candidatos aparecerá el nombre de esta persona fallecida. Previsiblemente, si algún vecino opta por marcar su nombre y votarlo, ese voto será considerado en blanco.

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