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El Gobierno de coalición llega al parón veraniego de agosto con el registro en el Congreso de la proposición de ley que aplicará el nuevo impuesto a la banca y las energéticas con el que pretende recaudar 7.000 millones de euros en dos años. ... Y lo ha hecho con el detalle de la propuesta, que incluye importantes novedades técnicas frente al relato político creado en torno a esta medida (el de actuar sobre los 'beneficios caídos del cielo') así como en lo relativo a su repercusión en los ciudadanos (al insistir en que no se permitirá trasladarlo al cliente final).
Finalmente habrá dos tipos de gravámenes distintos, en función de cada sector: los bancos tendrán que pagar un tipo impositivo del 4,8% y las energéticas, un 1,2%. La diferencia reside en varias circunstancias que afectan a unas y otras empresas. Una de esas particularidades es que el sector financiero no soporta el IVA en la mayor parte de las operaciones que realiza (casi nueve de cada diez están exentas de ese tributo). Por tanto, había más margen para aplicar un tipo más elevado (casi del 5%), que junto al tipo efectivo medio del Impuesto de Sociedades actual que paga el sector, rozaría en total el 30%, similar al de otros países.
Más allá de ese porcentaje, la gran novedad es dónde reside sobre dónde actúa el tributo. No lo hará sobre los 'beneficios caídos del cielo', ni sobre las ganancias extraordinarias que están obteniendo estas empresas en los últimos meses, a juicio del Gobierno. Se gravarán los ingresos que obtienen por cada negocio.
En el caso de la banca, gravará el importe que cada entidad obtenga tanto en intereses que aplica en sus créditos como en las comisiones que cobra. En el caso de las energéticas, tributarán por todas las ventas realizadas en cada periodo. Como los intereses y comisiones bancarios no constituyen el conjunto de todos los ingresos de los bancos –algo que sí ocurre con la facturación de las eléctricas–, Hacienda ha decidido elevar el tipo que aplica al sector financiero frente al que soporta el energético.
7.000 millones de euros es lo que pretende recaudar en dos años
1.000 millones es la cuantía mínima de cifra de negocios para aplicarlo en las eléctricas
800 millones es el importe mínimo de intereses y comisiones netas para aplicarlo en la banca
15.000 millones es el importe de los dos planes anticrisis aprobados por el Gobierno
El departamento dirigido por María Jesús Montero ha abandonado la idea de gravar los beneficios, como por ejemplo hace el Impuesto de Sociedades, consciente de la dificultad que esta vía conllevaba esta opción ante el abanico de posibilidades financieras con las que cuentan las compañías para fijar una ganancia, que viene muy condicionada por elementos como las ventas o compras extraordinarias y otro tipo de operaciones. Lo hacen sobre un dato mucho más objetivo y claro como es el de la facturación en cada caso. Así pueden rastrear mejor la base imponible.
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José María Camarero
José María Camarero
Las compañías afectadas serán los grandes operadores de los dos sectores, aunque también habrá diferencias. En el caso de la banca, pagarán el nuevo impuesto las entidades financieras que tengan una suma de intereses y comisiones netas (el denominado como margen de intermediación) por un importe superior a los 1.000 millones de euros al año. De esta forma, quedarán fuera algunos de los bancos medianos y pequeños españoles. En el caso de las energéticas (incluye eléctricas, petroleras y gasistas), la cifra de negocio anual a partir de la cual deberán pagar el impuesto se fija en 800 millones de euros según su cifra neta de negocios, las ventas.
La otra gran cuestión que estaba pendiente de aclarar es cómo limita el Gobierno para que estas empresas repercutan en sus clientes el coste de este tributo. La realidad de la proposición indica que se prohibe expresamente esa práctica. Pero nada más. Por ahora. Porque Hacienda delega en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Banco de España la labor de supervisión para que esto no ocurra. Serán estos organismos los encargados de elaborar una fórmula que determine cómo identificar esa práctica y después vigilar para que no se realice. En cualquier caso, la ley aplicará una sanción del 150% sobre el incremento de los costes trasladados a los clientes, bien sea a través de las tarifas eléctricas o bien a través de mayores intereses o comisiones.
La organización Asufin considera que será difícil detectar si la banca subirá los precios por las circunstancias del mercado o debido al nuevo impuesto. En este sentido, Adicae ha propuesto una regulación de lo que considera como comisiones «arbitrarias y abusivas», aprovechando la presentación del impuesto.
Resultados. Evita gravar los beneficios por la complejidad de definir cuándo comienza una ganancia extra
Gestión. Estará en vigor dos años, periodo en el que se prevé que continúe la actual situación económica
Ahora se inicia una larga tramitación parlamentaria que derivará en la puesta en marcha del tributo que servirá, básicamente, para sufragar parte del gasto extraordinario dedicado a los planes anticrisis con un coste estimado en 15.000 millones de euros para 2022. Cuando esté en vigor, las empresas tendrán que pagarlo en 2023 y 2024 (la mitad en los meses de febrero de cada año y la otra mitad en septiembre), para los ingresos referidos a los ejercicios fiscales de 2022 y 2023, en los que se prevé que continúe la actual crisis de precios derivada de la guerra en Ucrania.
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