El Procurador del Común de Castilla y León ha advertido a la Universidad de Burgos (UBU) de que una de las prácticas que se exige a los alumnos de la asignatura de Antropología Cultural del Grado en Historia y Patrimonio, en la modalidad online, vulnera ... el derecho a la intimidad personal y familiar de los alumnos y sus familiares.
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Se trata del esquema de parentesco que los alumnos deben realizar. Según la resolución del Procurador del Común, esta tarea debe ser modificada o sustituida por otras «alternativas que permitan el aprendizaje y la evaluación de los alumnos respetando dicho derecho». Ahora la UBU tiene dos meses para comunicar al Procurador del Común, Tomás Quintana, la aceptación o no aceptación de esta resolución.
Esta queja presentada por los alumnos del Grado en Historia y Patrimonio (modalidad online) reproduce otra que ya fue tramitada por el Procurador del Común en el curso 2019/2020. Se trata de una práctica similar, un esquema de parentesco, que se exigía a los alumnos de antropología del grado de Comunicación Audiovisual en el curso 2019/2020.
El autor de la queja manifestaba, en el curso 2019/2020, que se pedía al estudiante realizar el esquema de parentesco de su familia, guardando la relación de líneas generacionales y con la inclusión de los datos de identidad, fechas y lugares de nacimiento y defunción y desempeño laboral.
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El propósito de estas dos quejas es el mismo, que no se repita la exigencia de una práctica para la que han tenido que aportar «datos personales sobre los propios alumnos y sus familiares, incluso a pesar de la posible negativa de algunos de estos familiares».
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Ya en mayo de 2020 se indicó a la UBU que este tipo de tareas debían contar con «el consentimiento expreso de los alumnos y sus familiares; así como que se debía sustituir el esquema de parentesco por otras tareas que no supusieran una vulneración del derecho a la intimidad personas y familiar de los alumnos».
Desde la universidad se aseguraba que el diseño y realización de las prácticas de antropología se desarrollan «con pleno respeto al derecho a la intimidad personal y familiar».
En diciembre de 2022 la UBU remitió un informe al Procurador del Común indicando que se adaptó el trabajo práctico requerido a los alumnos de antropología cultural para poderlo desarrollar «con pleno respeto a la intimidad familiar y personal y con sujeción a la normativa de protección de datos de carácter personal».
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Pero se defiende la pertinencia de dicha práctica en la titulación de Historia y Patrimonio (modalidad online) por las competencias y habilidades que deben adquirir los historiadores frente a los comunicadores.
La exigencia del esquema de parentesco se mantiene, al menos, para la titulación de Historia y Patrimonio, porque se hace hincapié en que la realización de la misma no exige manejar datos de terceros contra su voluntad o dar información no deseada. También se asegura que se enseña a los estudiantes a contar con la colaboración de los sujetos investigados y cumplir con lo marcado en el código deontológico internacional, que pueden usar datos anonimizados o seudonimizados y que deben contar con el consentimiento expreso de los familiares.
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Aún así, Quintana manifiesta su disconformidad con que la UBU mantenga una práctica «cuestionada». «A esta Procuraduría no le corresponde negar que la práctica efectivamente responde a la adquisición de las competencias y habilidades previstas en la Guía Docente de la asignatura», señala Quintana.
Pero el Procurador del Común evidencia que las condiciones bajo las que está permitido el tratamiento de datos personales exigen tener «cierta cautela a la hora de obtener datos personales de un alumno y sus familiares, máxime cuando el alumno pudiera manifestar su legítimo derecho a no aportar los mismos». Se remite Quintana al Reglamento de la Unión Europea relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y también al derecho a la intimidad personal y familiar recogido en la Constitución.
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Quintana asegura que desde la Procuradoría no pretenden entrometerse en el ámbito institucional ni en la libertad de cátedra. Tampoco trata de cuestionar la idoneidad de la tarea. Pero señala que «esa idoneidad no se da, sin embargo, respecto al reconocimiento del derecho a la intimidad personal y familiar. Para ello, sería de todo punto necesario contar con el consentimiento expreso de los alumnos y sus familiares».
Asegura el Procurador del Común que la ejecución de la tarea, tal y como está planteada, «resulta de difícil realización». Y pone en duda que sea efectiva la seudonimización de los datos y circunstancias cuando se trata de familiares de un alumno.
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Lamenta que la práctica pueda poner al alumno en una situación de «cierta dificultad» porque está obligado a contar con el consentimiento de sus familiares e, incluso, puede acabar incurriendo en eventuales responsabilidades. «A nadie se le puede negar el derecho a mantener una esfera de intimidad fuera del conocimiento de los demás», asegura Quintana, y asegura que esta esfera queda «desprotegida» con esta tarea.
Tampoco entiende el Procurador del Común por qué no se excluye esta práctica del grado de Historia y Patrimonio si quedó excluido de las actividades que debían desarrollar los alumnos de antropología del grado de Comunicación Audiovisual
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