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Supermercado donde trabajaban condenado y víctima. BC
Ratifican la condena de cárcel por abusar sexualmente de una compañera en un supermercado de Burgos

Ratifican la condena de cárcel por abusar sexualmente de una compañera en un supermercado de Burgos

Los hechos ocurrieron en un supermercado de la cadena Día, que despidió al trabajador. El TSJ no aprecia en la sentencia recurrida ninguna vulneración

Lunes, 19 de febrero 2024, 13:45

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyl) ha desestimado el recurso de apelación y ha confirmado íntegramente la sentencia contra el hombre que acosó sexualmente a una compañera de trabajo durante años en un supermercado ... de Burgos.

La Audiencia Provincial de Burgos condenó en septiembre de 2023 a este hombre a siete años y medio de prisión por un delito de abuso sexual continuado que este hombre llevó a cabo sobre una de sus compañeras de trabajo en el supermercado La Plaza de Día de la calle Calzadas de Burgos. También resultó culpable de un delito contra la integridad moral (acoso moral) por las humillaciones y vejaciones que este hombre profirió contra la mujer durante este mismo periodo.

También se le impuso el pago de una indemnización de 30.000 euros a la víctima por el daño psicológico y las secuelas causadas. En este caso, la compañía aseguradora de la cadena de supermercado paga esta indemnización como responsable civil directa al ocurrir los hechos dentro del local de la franquicia.

Recurso de apelación

El condenado interpuso un recurso de apelación contra este sentencia. El TSJCyL se ha pronunciado y ha confirmado íntegramente la sentencia condenatoria y condenan a las costas a la parte apelante. Contra este nueva sentencia cabe recurso de casación por infracción de ley y por quebrantamiento de forma.

La Sala de lo Civil y Penal, tras analizar las actuaciones en el recurso de apelación, no aprecia en la sentencia recurrido ninguna vulneración de la presunción de inocencia, ni del principio in dubio pro reo. Este principio jurídico dice que, en caso de duda, se favorecerá al imputado o acusado. Tampoco considera la Sala que haya base alguna para considerar la existencia de error en la valoración de la prueba por parte del tribunal que dictó sentencia. Es más, califica que su actuación «motiva de una forma más que suficiente y totalmente acertada las pruebas practicadas».

Los hechos probados

El TSJCyL considera probado que el acusado, dependiente de la carnicería de este supermercado, desde el año 2012 y en numerosas ocasiones, durante la jornada laboral y cuando se encontraba a solas con la mujer, compañera de trabajo, le realizaba tocamientos sin consentimiento de esta. Primero por encima de la ropa, después lo hizo incluso por debajo.

La mujer no consentía estos actos y le suplicaba que parara, pero no comentó nada a otros compañeros de trabajo ni a su círculo más cercano por vergüenza y temor de que esto influyese en su vida familiar.

Estando de baja por causa ajena a estos hechos, en el año 2019, recibió mensajes del acusado en su teléfono móvil a través de WhatsApp. En este punto, llegó a quedar con él para convercerle de que no repitiera estos hechos cuando ella se reincorporara al trabajo. En otra ocasión, la engañó para que fuera a ver su nuevo piso y la lanzó contra la cama y también abusó sexualmente de ella.

Además de estos hechos, el acuso sometió a la víctima a una humillación continua dirigiéndole habitualmente comentarios despectivos y amenazantes.

La víctima soportó los hechos con la esperanza de que terminasen hasta que no pudo más y acabó contándoselo a una amiga que la aconsejó que denunciara. Posteriormente, acabó relatándoselo también a su marido y a sus superiores de la empresa, que instruyó un expediente disciplinario sancionador al acusado que concluyó con su despido. Finalmente, la víctima denunció los hechos ante la policía.

Como consecuencia de los hechos, la víctima sufre un trastorno adaptativo ansioso/depresivo que ha sido valorado en el informe pericial médico-forense. Ha precisado tratamiento médico con ansiolíticos y antidepresivos y le han quedado como secuela trastornos neuróticos.

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