Buscar piso de alquiler siempre es una tarea complicada. Hacerlo además con un compañero de vida de cuatro patas pasa a ser misión casi imposible. En Burgos hay censados 17.909 perros y 2.013 gatos como animales de compañía en la Base de Datos ... del Sistema de Identificación de Animales de Compañía de Castilla y León (SIACYL), que depende de la Dirección General de Producción Agropecuaria de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.
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A pesar de que esta cifra no deja de crecer año tras año, tener una mascota es un impedimento a la hora de poder alquilar una vivienda. La oferta queda reducida a la mínima expresión, aproximadamente solo uno de cada diez pisos ofertados en Burgos admiten mascotas a sus inquilinos.
¿Por qué tan pocas? El principal motivo por el que los propietarios rechazan los animales en sus inmuebles es el «miedo», como reconocen desde las inmobiliarias. «Es injusto, pero el propietario en general tiene miedo», afirman. Miedo a destrozos, a suciedad y a conflictos vecinales. «Los principales destrozos pueden causarse en puertas, que los perros las hayan mordido y que con una doble fianza no puedas cubrir los gastos de cambiarlas, en los suelos, que se estropee el parqué, o alguna pared, pero también pagan justos por pecadores y los perros son parte de la familia, hay que entender que haya personas que no quieran irse sin su perro porque son parte de la familia», continúan alegando desde las inmobiliarias burgalesas.
Sabedores de que es «complicado encontrar piso de alquiler con un perro» los agentes inmobiliarios tratan de ayudar a estas familias intentándolo «compensar con más fianza para garantizar al arrendador que si hay algún problema se cubrirá económicamente», aunque recuerdan que los problemas no vienen «por los perros, sino por los dueños del perro y lo que hacen con él».
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«Si la persona es responsable asumirá los daños que pueda provocar su animal, lo mismo que un niño o una persona mayor. Los daños en las viviendas pueden causarse de manera fortuita, se asumen y lo arreglas y ya está», insisten.
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Y aunque es complicado encontrar una vivienda en alquiler si tu compañero de vida es un perro, el asunto se facilita un poco si la vivienda no está amueblada: «Cuando el alquiler es con muebles es más complicado, porque si tú subes al perro a tu sofá y a tu cama es tuya, pero si no son tuyos los caseros ponen más reticencias». En el caso de los gatos es similar, es más sencillo poder alquilar un piso con gato si este piso está vacío, más teniendo en cuenta que los gatos tienden a arañar cosas. Sin embargo, y en contra de la creencia popular, «cuando dejan los pisos, la gente con perro los dejan mucho mejor que los que no tienen».
A nivel legal la situación parece clara, cuando un propietario no quiere que en su casa entren mascotas puede decidir que así sea «haciéndolo constar de manera explícita en el contrato», explica José Muñoz Plaza, abogado y gerente de la Cámara de la Propiedad de Burgos. «Cada vez es más frecuente que la gente tenga mascotas y esto genera problemas», continúa el abogado. Los contratos de alquiler son un pacto o acuerdo entre dos partes, como dice la Ley de Arrendamientos Urbanos, que es la norma que regula los alquileres de viviendas y que establece que los contratos se regirán por los pactos, cláusulas y condiciones determinadas por la voluntad de las partes.
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¿Y qué ocurre si el inquilino decide de manera unilateral introducir un animal en la vivienda? «Si mete una mascota sin permiso podría ser desahuciado porque es un incumplimiento de contrato», afirma Muñoz Plaza. Y aunque en diciembre de 2021 los animales dejaron de ser cosas a efectos jurídicos para pasar a ser seres dotados de sensibilidad, no prohíbe la prohibición en un contrato de arrendamiento, «esto es algo que valora el propietario», a pesar de que en las redes sociales muchos apuntaban a lo contrario y lo celebraban.
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Y como confiesa Muñoz Plaza, no solo los contratos de arrendamiento son un escollo para la convivencia entre vecinos sin mascotas y los que sí las tienen, también los ruidos generan molestias que pueden acabar en denuncias. «La ley 5/2009 del 4 de junio de la Junta de Castilla y León que regula los ruidos, regula todo esto. Y también hay una ordenanza municipal del Ayuntamiento de Burgos, que es la ordenanza municipal del ruido de marzo de 2020 donde se contemplan las molestias causadas por animales en viviendas», explica el abogado.
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Cuando estos problemas afloran, el primer paso es el requerimiento por parte de la comunidad al causante de los ruidos para que tome las medidas oportunas para que cesen estas molestias. «Normalmente se empieza por ahí, primero de manera verbal, después de forma escrita, y si no hay solución de forma amistosa no queda otra que recurrir a la vía judicial. Existen normas que protegen el derecho al descanso», afirma Muñoz Plaza.
En cuanto al uso de las zonas comunes, la ley que rige esta normativa es la ordenanza municipal, pero donde de verdad se regula es en el «ámbito de los propietarios». «Si la comunidad tiene estatutos tiene que venir regulado ahí y también por los acuerdos en las juntas de propietarios. Pueden establecer normas para limitar el uso de determinados elementos comunes de manera unánime en la mayoría de las decisiones que restringen derechos. No pueden restringir el acceso por el portal o escaleras a su piso, pero sí, por ejemplo, al jardín», finaliza el abogado.
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