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¿Y si una canción fuera más rentable que un inmueble?

¿Y si una canción fuera más rentable que un inmueble?

Los fondos de inversión entran en el negocio de la música con la compra en bloque de los derechos de temas que renuevan su interés gracias a las plataformas de 'streaming'

Jueves, 17 de diciembre 2020, 19:03

¿Qué valor encierra una canción? Más allá de ser, básicamente, una historia oral que acompaña a un ritmo y una melodía, también es la más antigua forma de expresión humana. Diseñada para el acompañamiento en rituales de los primeros pobladores, es un fenómeno artístico ... que conecta con las emociones primarias y que conserva cierto halo de eterno misterio por resolver. ¿Qué hace especial a un tema hasta hacerlo capaz de conectar con los gustos de personas de lo más dispar y ser parte del imaginario colectivo de generaciones enteras?

Nadie lo sabe; no es una ciencia. No obstante, en la industria hay quienes se vanaglorian de tener un olfato especial para detectarlas. En esto se basan los fundadores de fondos de inversión de reciente creación que tratan a las canciones, no ya como el bien cultural e inmaterial que son, sino como un activo más del mercado que tiene un valor económico, como el petróleo, los inmuebles o el oro. ¿Podría ser más rentable invertir los ahorros en partituras que en inmuebles?

La respuesta solo la tiene el mercado; pero es cierto que la posibilidad de invertir en música existe. Estas empresas han irrumpido en un mundo complejo, el de los derechos de autor y de explotación, que regula de distinta forma la legislación de cada país y que ahora asiste a una nueva transformación empujada por el consumo en red, a través de las plataformas de 'streaming'.

Bob Dylan, tras la venta de su catálogo de canciones a Universal por 600 millones de dólares, ha traído a la actualidad esta nueva forma de negocio que abrazan muchos artistas anglosajones: esto es, la de obtener un cheque a cambio de los derechos de su obra. El caso del autor de 'Like a rolling stone' es único y con condicionantes personales particulares, pero antes de él ya lo hicieron otros.

Antes de Bob Dylan, otros artistas de renombre como Chrissie Hynde (líder de The Pretenders) o Blondie vendieron su repertorio, compleo o parte de él, a fondos de inversión

Uno de estos fondos de inversión más conocidos, el británico Hipgnosis Songs Fund, exhibe en su catálogo canciones de artistas clásicos como Barry Manilow (Copacabana), Blondie (Call me) o Chrissie Hynde (líder de The Pretenders). Según los datos publicados por la propia entidad de inversión, entre las 58.000 canciones de las que ha adquirido los derechos, hay casi 3.000 números uno y un tercio de las 30 canciones más escuchadas en Spotify.

Según publicó el diario especializado FT, cuando nació hace dos años, su fundador logró un fondo de Reino Unido que ha conseguido 1.200 millones de libras de inversores para comprar los derechos de autor de antiguos éxitos que han cobrado esta nueva vida en la era del 'streaming'. Y es que en el mundo actual, donde el consumo está marcado por qué sucede en las redes sociales, cualquier tema, por el simple hecho de acompañar a un vídeo viral, puede resucitar del baúl de los éxitos olvidados y ser de nuevo ensalzado por oyentes que, casi con toda seguridad, ni conocen a los autores originales porque pertenecen a una generación posterior.

Esta es la base del negocio defendido por el fundador del citado fondo anglosajón, Merck Mercuriadis, ex gerente de artistas de grabación de éxito mundial, como Elton John, Guns N 'Roses, Morrissey, Iron Maiden y Beyoncé. El planteamiento del negocio es sencillo: ofrece «un creciente nivel de ingresos –dicen– junto con el potencial de crecimiento de capital, proveniente de la inversión en canciones y los derechos de propiedad intelectual musical asociados».

Temas, advierte, «de éxito comprobado con un historial de éxito e impacto cultural; culturalmente influyentes». Cree este 'monstruo' de la industria que las grandes canciones tienen ingresos predecibles y fiables. Digamos que, en contra de lo que pueda parecer, es una inversión conservadora porque -sostienen- el valor puede aumentar constantemente, mientras que el de activos como el oro o el petróleo puede variar mucho según acontecimientos mundiales. Otros nombres destacados del sector son Round Hill Music, Primary Wave (Stevie Nicks, de Fleetwood Mac, le vendió casi todo su repertorio) y Concord.

En España la legislación no permite la venta en bloque de todo el catálogo: para evitar abusos, esos conservan siempre los royalties sobre un mínimo del 50% de su obra mientras estos estén vigentes, además de los llamados 'derechos morales'

¿Qué cantante español podría hacer lo propio con su catálogo? A diferencia de las posibilidades de inversión, que son para cualquiera, cuando hablamos de autores hay que decir que solo es para unos pocos. «La verdad es que en España a ese nivel solo se me ocurre que pueda moverse Alejandro Sanz, pero diría que no le interesa», valora Antonio López, abogado especializado en Propiedad Intelectual e industria musical, defensor de numerosos artistas nacionales.

La posición en la que quedarían artistas de talla mediana, si tuviesen que negociar en solitario con grandes corporaciones que acopien grandes catálogos, sería de desventaja. «En mi opinión, no se puede promulgar la liberalización absoluta de un bien cultural como la música, sino que debe tener una protección especial», valora este letrado, quien sostiene que este sistema le hace «flaco favor» a la gran mayoría de los autores y defiende «la gestión colectiva» de esta industria.

En el modelo de los fondos, el artista daría todo por el pago por adelantado de lo que el inversor de turno valore por su obra. Independientemente de lo que rente después. «Se volvería al siglo XIX, cuando la única posibilidad de difundir tu arte eran los teatros y los dueños de estos tenían el monopolio», advierte López.

De cualquier modo, la legislación española no permite la venta en bloque de los catálogos. Esta diferencia es básica frente al mercado anglosajón: «la participación máxima del editor en los rendimientos de la obra no puede exceder el 50% de cualquier clase de derechos de autor». En el modelo vigente el autor cobra royalties a lo largo de los años, hasta que pasen los 70 establecidos, tras lo que pasarían a ser de dominio público. También conservan los creadores los 'derechos morales', que permiten vetar el uso de la obra para fines que considere inadecuados. Por ejemplo, el uso de una canción popular en un mitin con contenido xenófobo.

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