Willy Toledo, en el inicio del juicio en Madrid. EP

Willy Toledo, absuelto del delito contra los sentimientos religiosos

La Asociación de Abogados Cristianos le denunció por un delito contra los sentimientos católicos y pidió para él una multa de doce meses

r. c.

Madrid

Sábado, 29 de febrero 2020, 14:21

El actor Willy Toledoha sido absuelto de los delitos de obstrucción a la Justicia y contra los sentimientos religiosos en una sentencia del Juzgado de lo Penal número 26 de Madrid, que le juzgó por haberse cagado en Dios y en la Virgen ... en su cuenta de Faceboock. En en fallo también se estima que el actor no incurrió en un delito de obstrucción a la justicia, pese a no haberse presentado anteriormente en sede judicial aunque fue requerido para ello -durante la instrucción se le citó a declarar hasta en tres ocasiones, aunque solo acudió a la última de ellas-.

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La asociación Abogados Cristianos interpuso una denuncia contra el actor por unos mensajes publicados en su perfil de la red social Facebook en 2015 y 2017 en los que insultaba a Dios y a la Virgen; por ellos solicitó una pena de 22 meses de multa para él. Por su parte, la Fiscalía y su defensa pidieron durante la vista oral su absolución, al situar los hechos juzgados en el marco de la libertad de expresión.

La sentencia reconoce «la falta de educación, el mal gusto y el lenguaje soez» utilizado Willy Toledo, «y que caracteriza sus publicaciones». No obstante, subraya que «no acreditan por si solos la comisión por parte del mismo de un delito de escarnio contra los sentimientos religiosos por el que ha sido acusado».

El actor declaró en el juicio que no quiso ofender a los católicos, sino hacer una crítica política, aunque a la entrada de la vista si afirmó que seguiría cagándose en la Virgen. Durante la vista, en cualquier caso, defendió que sus palabras no son «blasfemia» y tampoco constituían delito, mientras que la acusación ejercida por la asociación Abogados Cristianos insistió en que se trataba de un ataque a la libertad religiosa.

Para gente de sus ideas

El juzgado repasa en su resolución la legislación vigente en España y en la Unión Europea sobre la libertad de expresión y también de culto -entre otros derechos-, diferentes sentencias del Tribunal Constitucional y también de otros juzgados. Asimismo, reitera que las dos publicaciones de Facebook de Willy Toledo iban dirigidas a sus seguidores y personas que comparten sus ideas.

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En concreto, en el fallo se explica que el primer texto se publicó el 12 de octubre, día de la fiesta de la Hispanidad, y en él además de decir «me cago en la Virgen del Pilar», Willy Toledo también hace la misma alusión mal sonante y soez respecto de la fiesta nacional, la monarquía y sus monarcas, el descubrimiento, sus conquistadores, la conquista y «todo lo que se menea».«Es decir -añade- resulta evidente que su objetivo no era la crítica u ofensa de los sentimientos religiosos, sino la Fiesta del doce de octubre y todos lo que implica la misma».

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