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El aumento de casos de covid en Burgos y el consiguiente ascenso de los ingresos a causa de la infección han obligado al Hospital Unviersitario de Burgos (HUBU) a ampliar las instalaciones dedicadas a los pacientes contagiados y a retomar el régimen de acompañamiento ... y visitas de hospitalizados con las restricciones que se implementaron en las anteriores olas epidémicas.
Desde el hospital informan este jueves de las medidas para los acompañantes, tanto para las personas ingresadas como para las consultas médicas, que afectan a todas las áreas del centro asistencial.
Sólo se permite un acompañante por paciente, a ser posible que sea conviviente, intentando que sea siempre la misma persona o al menos limitar el intercambio entre familiares o allegados lo máximo posible. En la medida de lo posible, se procurará que el acompañante sea menor de 65 años, no pertenezca a los grupos de riesgo y tenga la pauta completa de vacunación.
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Los acompañantes deberán portar mascarilla quirúrgica durante su permanencia en el hospital. No se permitirá la entrada de familiares y allegados con síntomas compatibles con la infección por coronavirus o que hayan tenido contacto estrecho con un caso confirmado en los 14 días previos a la visita.
Asimismo, quedan suspendidas temporalmente las visitas a los pacientes ingresados. En el momento del ingreso, los pacientes recibirán por parte del personal de enfermería la información necesaria para el cumplimiento de las normas, en materia de acompañamiento y visitas, imprescindibles para mantener la seguridad en todo el espacio asistencial. En ese momento, el profesional responsable del cuidado del paciente valorará si debe estar acompañado.
En todo caso, la persona autorizada como acompañante recibirá una tarjeta personalizada que le acreditará para permanecer junto al paciente, siguiendo siempre las indicaciones del personal sanitario.
En estos casos, será el personal sanitario responsable del paciente quien establezca medidas de acompañamiento determinadas cuando se den condiciones especiales, informando adecuadamente del riesgo de exposición y proporcionado el equipo de protección adecuado.
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En pacientes con mal pronóstico o en situación irreversible, los profesionales sanitarios responsables deben facilitar el acceso a su familiares o allegados, evitando el fallecimiento en soledad.
Se suspende el acompañamiento, en general, de pacientes en régimen ambulatorio. En cualquier caso, se podrán aliviar las restricciones mediante el establecimiento de medidas excepcionales que permitan el acompañamiento en las siguientes situaciones: menores, personas con dependencia y personas con discapacidad psíquica o sensorial.
Por su parte, en Urgencias se suspende el acompañamiento, en general, de los pacientes y solo se facilitará el acompañamiento de un familiar «tipo» en caso de necesidad (dependientes o menores). El personal sanitario que atiende directamente al paciente podrá establecer otras medidas de acompañamiento ante condiciones especiales si así lo considera.
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