Secciones
Servicios
Destacamos
El uso de la mascarilla resulta obligatorio en cualquier espacio público desde este martes, aunque se pueda mantener la distancia interpersonal de 1,5 metros. Una ley publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) acaba con los supuestos que permitían no ... utilizar este instrumento de protección en algunos casos y establece que «las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público».
El texto aparece ahora en el BOE como ley tras su tramitación en el Parlamento, donde se han incorporado enmiendas, como la de la obligatoriedad total de la mascarilla (esta se incluyó en el Senado), que no estaban incluidas en el decreto ley de mayo del año pasado. Entró en vigor tras el fin del primer estado de alarma, que regulaba la nueva normalidad y que era el hasta ahora vigente. La ministra portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha explicado hoy que existe «un decalaje» en la ley, publicada para una «realidad ya superada», y que el Consejo Interterritorial de Salud de mañana miércoles revisará el texto para analizar «si hay alguna cuestión que se haya publicado que no esté exactamente en consonancia con todo lo aprendido».
La nueva publicación del BOE tan solo contempla una situación al aire libre en la que el uso de la mascarilla seguirá sin ser obligatorio, «el ejercicio de deporte individual», y otras excepciones para «personas que presenten algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria que pueda verse agravada por el uso de la mascarilla o que, por su situación de discapacidad o dependencia, no dispongan de autonomía para quitarse la mascarilla, o bien presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización».
El decreto que regulaba hasta ahora el uso de las mascarillas se aprobó el 20 de mayo del año pasado establecía como obligatorio el uso de la mascarilla «en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no resulte posible garantizar el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de, al menos, 1,5 metros«.
Las adaptaciones que hicieron algunas comunidades autónomas, sobre todo, en el inicio de la segunda ola, en julio, endurecían la medida hasta hacer que la mascarilla fuera obligatoria en todas las situaciones. Otras, sin embargo, permitieron excepciones, como su voluntariedad en la playa y en la piscina cuando había un espacio suficiente entre usuarios, que ahora quedan fuera de esta ley de obligado cumplimiento en todo el país.
El verano pasado, Baleares, por ejemplo, eximía de su uso «en las playas y paseos marítimos, y en las piscinas siempre y cuando la afluencia de personas a dichos espacios permita el mantenimiento de la distancia interpersonal», y en la Comunidad Valenciana no era obligatoria en playas y piscinas una vez dentro, salvo lugares comunes como baños o terrazas. Cantabria permitía no llevarla en «actividades acuáticas» y Murcia la recomendaba, pero no obligaba.
La nueva ley nacional confirma que la mascarilla es obligatoria «en los medios de transporte aéreo, marítimo, en autobús,o por ferrocarril», además de en «los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. En el caso de los pasajeros de buques y embarcaciones, no será necesario el uso de mascarillas cuando se encuentren dentro de su camarote».
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.