España aumentará las restricciones a los viajeros desde terceros países a la Unión Europea desde las 00.00 horas del 1 de diciembre por la aparición de la variante Ómicron. Así, los viajeros procedentes de Reino Unido solo podrán llegar si presentan un certificado de ... vacunación, y no con pruebas diagnósticas negativas de covid o de haber superado la enfermedad, como ocurría hasta ahora.
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La nueva orden, publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado, modificará la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, sobre los criterios para la restricción temporal de viajes y que hoy se publicará en el Boletín Oficial del Estado.
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Hasta ahora, los viajeros de Inglaterra, Escocia, Gales e Irlanda del Norte tenían una exención que quedará suprimida a partir del miércoles con la modificación de la Orden INT/657/2020, publicada este sábado en el BOE. Desde estos países, solo podrán entrar en España «personas provistas de un certificado de vacunación que el Ministerio de Sanidad reconozca con este fin, previa comprobación por las autoridades sanitarias, así como los menores acompañantes a los que el Ministerio de Sanidad extienda los efectos».
También se opta por suprimir a Namibia del listado de terceros regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores, en vista de que figura entre los países con respecto a los cuales los Estados miembros consideran pertinente aumentar las precauciones.
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Además, la nueva orden recoge los «terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores en los términos recogidos en esta orden». Estos países son Argentina; Australia; Baréin; Canadá; Chile; Colombia; Indonesia; Jordania; Kuwait; Nueva Zelanda; Perú; Catar; Ruanda; Arabia Saudí; Corea del Sur; Emiratos Árabes Unidos; Uruguay; China, además de las regiones administrativas especiales de la República Popular China, Hong Kong y Macao; junto con entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro de la Unión Europea: Taiwán.
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