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Alberto Garzón, ministro de Consumo, este jueves en Barcelona. FOTO: EFE / VÍDEO: EP

Consumo prohibirá la publicidad de alimentos y bebidas «no saludables» para menores

La medida afectará a chocolates, dulces, postres, galletas o helados

ep

Jueves, 28 de octubre 2021, 12:15

El ministro de Consumo, Alberto Garzón, ha anunciado que un real decreto regulará la emisión publicitaria de alimentos y bebidas «no saludables» dirigida a público infantil y adolescente, y afectará a la publicidad en televisión, radio, salas de cine, Internet, redes sociales, webs y apps ... con contenidos dirigidos a menores de 16 años. La medida afectará a chocolates, dulces, postres, galletas o helados.

Lo ha anunciado este jueves en una rueda de prensa en el Ayuntamiento de Barcelona junto a la alcaldesa, Ada Colau, y ha enmarcado este anuncio en el papel de Barcelona como Capital Mundial de la Alimentación Sostenible 2021.

Garzón ha dicho que el procedimiento será rápido y se prevé para 2022: «El trabajo está hecho. Tenemos los informes pertinentes para adaptar estos perfiles nutricionales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) al sistema de regulación y ya se ha hablado con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia».

Informacion sobre publicidad del Ministerio de Consumo.

«En España el exceso de sobrepeso es del 23,3% y la obesidad del 17.3%. La suma supera el 40% para los niños de entre 6 y 9 años. Son cifras alarmantes y preocupantes», ha alertado el ministro, y ha añadido que estas cifras son el doble entre las familias más humildes que entre las más adineradas, según el informe Aladino. Asimismo, ha constatado evidencias de que las distintas estrategias puestas en marcha desde hace más de una década para disminuir la obesidad y el sobrepeso infantil, como el Código de autoregulación Paos establecido por la propia industria, ha sido algo «del todo insuficiente».

«Los menores son personas consumidoras vulnerables y tenemos la obligación de protegerles frente a la publicidad»

Alberto Garzón

Consumo opta por fijar como criterio de medición los perfiles nutricionales establecidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS). Así, la normativa afectará a cinco categorías de productos que no podrán hacer publicidad a menores independientemente del contenido de nutrientes. La primera categoría es la de productos de confitería de chocolate y azúcar, barritas energéticas y coberturas dulces y postres. Le sigue el grupo de alimentos que incluye pasteles, galletas dulces y demás productos de pastelería. Tampoco se podrán anunciar otras tres categorías que conforman los zumos, las bebidas energéticas y los helados.

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