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Velocidad controlada por radar en la carretera N-420 entre Tarragona y Reus. Jaume Sellart (Efe)
Radares menos permisivos con los excesos de velocidad

Radares menos permisivos con los excesos de velocidad

El Supremo equipara en el 5% el margen de error de los cinemómetros fijos con los que están instalados en vehículos parados en el arcén

Jueves, 26 de abril 2018, 00:38

Los radares empleados por los agentes de tráfico para controlar la velocidad que están instalados en coches patrulla, con distintivos o camulflados, y que se encuentren parado tendrán un margen de error del 5%, el mismo que se aplica a los cinemómetros ubicados en trípodes, ... sujetos a un guardarraíl o quitamiedos, los fijos ubicados en el interior de cabinas en las cunetas y en mástiles o los instalados en los pórticos informativos. Así lo establece en una sentencia, que sienta jurisprudencia, la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. Con este criterio, los magistrados desestiman el recurso de un conductor que fue fotografiado por un radar a 214 km/h cuando circulaba por la autovía AP-68, y que fue condenado por la Audiencia Provincial de Navarra a una multa de 1.080 euros y la prohibición de conducir durante un año y un día por un delito contra la seguridad vial.

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