Colpisa
Madrid
Lunes, 24 de octubre 2022, 09:44
Once jóvenes no olvidarán la despedida de soltero que hicieron a bordo de un AVE Madrid-Málaga el 6 de julio de 2018. Un juzgado de Madrid los ha condenado a pagar a Renfe 7.676 euros, a razón de 697,82 euros cada uno, ... por el retraso que causaron al negarse a abandonar el tren en la estación de Córdoba, después de comportarse de manera descontrolada en la cafetería del tren.
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Renfe tuvo que pagar 7.676 euros a 216 viajeros en concepto de indemnización, en virtud del Compromiso de Puntualidad de la compañía, por los 23 minutos de retraso con que llegó el AVE a la estación de Málaga.
La sentencia asegura que los once codemandados «alteraron de manera cada vez más intensa el orden dentro del tren, gritando, cantando y golpeando las paredes del tren, haciendo caso omiso de las indicaciones y llamadas de atención del personal de Renfe».
Ante este comportamiento, el interventor, en virtud del artículo 90 del Reglamento del Sector Ferroviario, que le faculta para apear a los viajeros que alteren el orden o pongan en peligro la seguridad del transporte, pidió a Seguridad de Renfe el desalojo del grupo.
Una vez llegado el tren a la parada que se efectúa en Córdoba, donde pausa la marcha 15 minutos, «los demandados aprovecharon para escalar de manera definitiva su fiesta particular en la cafetería del tren, donde se encontraban bebiendo, bailando, cantando y gritando a todo volumen y de manera totalmente descontrolada», señala la sentencia.
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Tras la negativa de estas personas a abandonar el tren, el interventor tuvo que llamar a la Policía Nacional, que logró finalmente que bajaran del tren. La sentencia considera acreditado que lo que determinó la demora fue «la necesidad del auxilio de la Policía Nacional para lograr que los codemandados bajaran del tren».
Por ello, el Juzgado considera que la responsabilidad civil de los demandados ha quedado acreditada y exime de concurrencia de culpas a Renfe, pues no está «obligada a contratar personal de seguridad, ni puede cerrar la cafetería en perjuicio de otros viajeros, ni puede determinar, al tiempo en que se adquiere un billete de tren, si los viajeros tienen intención de celebrar algún evento en el interior del AVE».
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Durante el juicio, Renfe ratificó la certificación de los billetes devueltos y su importe, que ascendió a 7.676 euros. La sentencia establece una condena solidaria entre los once participantes en la despedida de soltero por razones de seguridad jurídica y dada la interdependencia de las conductas.
Renfe asegura en el comunicado ser consciente del aumento de integrantes de despedidas de soltero que usan el AVE para sus desplazamientos al lugar de la celebración y de los inconvenientes que el comportamiento de algunos de estos grupos genera al resto de pasajeros.
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En este sentido, afirma que «la compañía se ha mostrado y se va a seguir mostrando contundente con los comportamientos que alteren el viaje» y añade que recurrirá a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando se produzcan casos graves de alteración del orden público y seguirá denunciando esos comportamientos y sus consecuencias ante los tribunales.
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