Las mascotas son ya, legalmente, uno más de la familia. Tendrán para la administración, los particulares y los tribunales idéntico trato que el resto de la prole en caso de divorcio o al resolver una herencia. Nadie podrá embargarlas aunque su dueño sea un moroso ... ni podrán ser nunca más ignoradas o equiparadas a una maleta si resultan heridas o muertas en un accidente de tráfico. Habrá obligación de cuidarlas o de indemnizar a su dueño si fallecen.
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Estos derechos y obligaciones para con las mascotas serán ley, una realidad indiscutible, en los próximos días, cuando se publique en el BOE la norma que hoy aprobó definitivamente el Congreso, con el apoyo de toda la izquierda, los nacionalistas y Ciudadanos. Una reforma para que las leyes dejen de tratar a los animales domésticos como a simples cosas, sin diferencia jurídica alguna con una maceta o un jarrón. Hasta ahora, según el Código Civil o la ley Hipotecaria, no eran más que bienes muebles, propiedades fácilmente trasladables.
La Cámara baja, con el rechazo frontal de Vox y la abstención del PP, acordó por una muy amplia mayoría, de casi tres quintos, una reforma que hará que los animales domésticos pasen a ser considerados, a todos los efectos, «seres vivos dotados de sensibilidad», a los que se otorgan derechos y cuyos propietarios tendrán la obligación de atender a su bienestar, evitar el maltrato -incluida la violencia vicaria-, el abandono o la provocación de una muerte cruel e innecesaria.
La norma, promovida por PSOE y Unidas Podemos, altera la naturaleza jurídica de todos los animales domésticos, que dejarán de ser cosas, y garantiza la protección de los aproximadamente 16 millones de mascotas que conviven en los hogares españoles. Ningún gato podrá ser tratado ya por cónyuges o jueces como una nevera durante una ruptura matrimonial, ni ningún perro terminará en un depósito tras un embargo a su dueño.
Uno de los cambios fundamentales es el que busca tratar a los animales de compañía como a uno más de la familia, importante cuando el 40% de los hogares tiene una mascota. Modifica los artículos del Código Civil que dicen cómo debe ser el convenio judicial que regule una separación, divorcio o nulidad para obligar al juez no solo a determinar las condiciones en que quedan los hijos y las propiedades de la pareja, o las pensiones que deben pagarse, sino también a fijar con detalle el destino de las mascotas familiares. No es algo menor, unas 30.000 parejas de las 100.000 que se separan cada año tiene gato, perro o canario, o los tres al tiempo.
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Ahora, con la ley en la mano, el animal carecía de derechos. Estaba expuesto a ser un elemento más en los posibles chantajes de pareja durante la ruptura y los tribunales no tenían obligación de prestarle más atención que al destino del automóvil familiar.
La reforma obliga al magistrado a establecer la guarda y custodia del animal, que podrá recaer en uno de los cónyuges o ser compartida, y a detallar «un reparto de los tiempos de convivencia y cuidado» (un régimen de visitas) si no hay acuerdo, así como a especificar las medidas cautelares precisas para que cada parte cumpla el convenio, incluida la manutención. El juez planificará el futuro de la mascota «teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal». Una enmienda introducida en el Senado aclara que estas obligaciones se aplicarán por igual a matrimonios o parejas de hecho.
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La nueva ley protege al animal de compañía de los compromisos y maniobras financieras de la familia. Por un lado, modifica la ley de Enjuiciamiento Civil para incluir entre los bienes «en absoluto inembargables» para saldar deudas de sus propietarios a las mascotas. El legislador lo hace «en atención al especial vínculo de afecto que liga a los animales de compañía con la familia con la que conviven».
En busca de una protección similar, cambia el artículo 111 de la ley Hipotecaria. «Salvo pacto expreso», las hipotecas no podrán incluir entre los bienes que sirven de aval los animales domésticos de una explotación ganadera, industrial o de ocio. Lo que queda prohibido en cualquier caso es que las hipotecas se extiendan a los animales de compañía.
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Las modificaciones del Código Civil también regulan cómo actuar ante el hallazgo de un animal doméstico. Como norma general, dice que quien lo halle debe devolverlo a su propietario, por medios propios o a través de las autoridades, y tiene derecho a reclamar los gastos generados. Aunque también indica que puede quedárselo, hasta que la autoridad decida al respecto, si tiene sospechas fundadas de maltrato o abandono al animal.
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