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Condenado a mantener a su hija de 27 años por el daño que le causó con su maltrato

Condenado a mantener a su hija de 27 años por el daño que le causó con su maltrato

La joven sufre unas consecuencias psicológicas que le han impedido estudiar y mantener un trabajo, por lo que un tribunal ha decidido prorrogar la manutención del padre

Viernes, 8 de noviembre 2019, 17:10

Su padre aceptó ante un juez que la había maltratado a ella y a su madre. Y pagó por ello. Lo hizo con una condena de tipo penal y con una indemnización. Ninguna de las dos muy altas. A ojos de la Ley, y en ... puridad, no debía nada a la sociedad por su delito. Pero éste tuvo consecuencias a largo plazo que, en la práctica, estaban dañando aún a una de sus víctimas: su hija. Ahora, transcurridos varios años, un tribunal ha considerado que tiene que seguir pagando las consecuencias de lo que hizo. Al menos, económicamente. Deberá seguir pagándole una pensión porque el daño sufrido le dificulta su adaptación a la vida adulta.

Esta es la conclusión a la que han llegado los jueces de la Audiencia Provincial de Lugo que han estudiado el caso de A. M., de 27 años, después de que su padre decidiese que no iba a cubrir su manutención. Lo hacía desde el divorcio de su madre y después de haber sido condenado por malos tratos psicológicos hacía unos años. Pero quería dejar de hacerlo porque veía que su hija ni acababa los distintos estudios que intentó emprender (Psicología, entre otros) ni lograba mantenerse en un trabajo.

Así, decidió dejar de pasarle la pensión cuando tenía 24 años porque consideraba que ya había tenido tiempo suficiente para alzar el vuelo. La joven reclamó a la Justicia, pero ésta dio la razón al padre. Lo más frecuente es que con la mayoría de edad esta aportación económica termine. Pero recurrieron a un tribunal superior. Argumentaron que el continuo fracaso laboral de la joven no tenía más origen que el daño sufrido por los malos tratos de su padre. Finalmente, la Audiencia les da la razón al fallar que el hombre debe seguir pagando la manutención a su hija durante 18 meses más para darle «un plazo mayor de adaptación a su nueva situación». Es decir, sin la ayuda económica que disfrutaba.

Imposible de premiar

El argumento principal esgrimido por los jueces en este caso es que de revocar su obligación de seguir manteniendo a su hija sería una especie de premio que no tendría sentido cuando ha sido él quien ha podido provocar la situación. Lo expresan así los jueces: «El padre de la demandante parece ser en buena medida el responsable de ese daño y de las dificultades psíquicas de su hija, por lo que resulta ilógico premiar esa actuación con una interpretación mecanística» de la ley para dar por extinguida la manutención.

El nexo entre los malos tratos y las «patologías psicológicas que padece la víctima» quedaron demostrados gracias a la declaración realizada en el juicio por la psicóloga que durante tres años lleva tratando a la joven. «De forma convincente ha ilustrado al tribunal el trauma causado por un maltrato psicológico que (ahora) dificulta sus relaciones, su concentración y en definitiva su aptitud para el trabajo», versa la sentencia. En si vida laboral sólo constan 11 días cotizados y abandonó la carrera de Psicología.

Una resolución doblemente excepcional

Damián Gómez González, abogado de la joven, señala que en este caso el testimonio de la psicóloga de su cliente fue determinante. Era contrario a la conclusión del peritaje oficial del juzgado y aún así el Tribunal se decantó por su versión. Este es uno de los puntos excepcionales de la sentencia de la Audiencia de Lugo. «Valoraron los tres años de terapia frente a una sola entrevista en el servicio de medicina legal», recuerda el letrado, quien atribuye gran parte del mérito del logro a la psicóloga de la víctima.

El otro punto destacable es la especie de doble 'condena' que se da en este caso por unos hechos, aunque sea de forma indirecta y en instancias distintas (la Civil y la Penal). «Ya pagó una indemnización por los malos tratos en concepto de responsabilidad civil», recuerda.

Para el letrado es relevante que los tribunales tenga en cuenta algo que, en la práctica, no se valora. Esto es, «los efectos a largo plazo» del daño infligido. El abogado gallego aventura a pensar que en las condenas penales se abriese la posibilidad de, en el futuro, reclamar más responsabilidad civil, si se demuestra que la violencia familiar ha causado daños a largo plazo. Pero en nuestro Derecho, por el momento, eso no sería posible.

Sobre la prórroga fijada por la Audiencia, Gómez González cree que 18 meses es poco tiempo y, además, lo hubiese supeditado a un nuevo informe que valorase el estado de la víctima. Pero está agradecido porque de otro modo ella se hubiese quedado sin nada.

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