Las mascotas tendrán el mismo trato que el resto de miembros de la familia en caso de divorcio y nadie podrá embargarlas aunque su dueño sea un moroso. El Congreso aprobó hoy un cambio en las leyes para que dejen de tratar a los animales ... domésticos como a simples cosas, sin diferencia jurídica alguna con un ficus. Hasta hoy no eran más que bienes muebles, propiedades fácilmente trasladables.
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La Cámara baja, con el rechazo frontal de Vox y el 'no' matizado del PP, acordó por una muy amplia mayoría una reforma legal que, cuando sea ratificada por el Senado, hará que los animales domésticos pasen a ser considerados, a todos los efectos, «seres vivos dotados de sensibilidad», a los que se otorgan derechos y cuyos propietarios tendrán la obligación de atender a su bienestar, evitar el maltrato, el abandono, o la provocación de una muerte cruel e innecesaria.
La reforma, promovida por PSOE y Unidas Podemos, altera la naturaleza jurídica de todos los animales domésticos, que dejarán de ser cosas, y garantiza la protección de los aproximadamente 16 millones de mascotas que conviven con los españoles. Ningún gato doméstico podrá ser tratado ya por cónyuges o jueces como una nevera durante una ruptura matrimonial, ni ningún perro terminará en un depósito tras un embargo a su dueño.
Uno de los cambios fundamentales de la reforma es el que busca tratar a los animales de compañía prácticamente como a uno más de la familia. De hecho, el 40% de los hogares tiene una mascota. Modifica los artículos del Código Civil que dicen cómo debe ser el convenio judicial que regule una separación, divorcio o nulidad para obligar al juez no solo a determinar las condiciones en que quedan los hijos y las propiedades de la pareja, o las pensiones que deben pagarse, sino también a fijar con detalle el destino de las mascotas familiares.
En la actualidad, con la ley en la mano, el animal carecía de derecho alguno. Estaba expuesto a ser un elemento más en los posibles chantajes de pareja durante la ruptura y los tribunales no tenían obligación de prestarle más atención que al destino del automóvil familiar.
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La reforma obliga al juez a establecer la guarda y custodia del animal, que podrá recaer en uno de los cónyuges o ser compartida, y a detallar «un reparto de los tiempos de convivencia y cuidado» (un régimen de visitas) si lo cree necesario, así como a especificar las medidas cautelares que ve precisas para que cada parte pueda cumplir con lo previsto en el convenio, incluida la manutención.
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