La asociación SOS Bebés Robados de Huelva, a la salida de los juzgados R. C.

El caso del bebé robado en Huelva siempre será un misterio

El Supremo ha declarado prescrita la causa de supuesta detención ilegal y falsedad de documento oficial que abanderaba la reclamación de varias familias

Miércoles, 8 de julio 2020, 18:53

J.M.C.A alberga dudas sobre el fallecimiento de su hijo recién nacido en 1992 en el hospital Manuel Lois de la ciudad de Huelva, y requería que la justicia le ayudara a obtener una respuesta. Dice su acusación que el personal sanitario se ... llevó a su bebé vivo y que después les notificaron su muerte. Nunca les mostraron el cuerpo y unos test de ADN que hicieron con posterioridad a un tejido del supuesto hijo no coincidían con el perfil genético de la pareja. Con esa prueba empezaron un procedimiento judicial que ayer encontró el último portazo.

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El Supremo, que había admitido a trámite un recurso contra las resoluciones previas en junio, ha ratificado que la causa ha prescrito, y se ha inhibido de analizarla. Este caso de 1992 era el símbolo de la lucha de unas 200 familias de Huelva afectadas por la supuesta desaparición de recién nacidos en ese hospital desde los años sesenta. «La justicia deja en clara evidencia que no quiere que se saque a flote la verdad», ha comentado Esperanza Ornedo, directora de la asociación SOS Bebés Robados de Huelva.

El Supremo, con el magistrado Andrés Palomo del Arco como ponente, explica en su sentencia que no entra a estudiar el fondo del recurso. «No hubo acto alguno que se pudiera interpretar como una imputación formal de unos hechos a una persona determinada (...) en relación al presunto fallecimiento de un niño que dio a luz la esposa del denunciante».

SOS Bebés Robados de Huelva, que representa a J.M.C.A., consideraba que podría existir delitos de «detención ilegal, suposición de parto, falsedad en documento público u oficial o cualquier otro de parecida naturaleza», dice el Supremo, «por hechos ocurridos el día 19 de agosto de 1992 (o 10 de noviembre de 1992, ambas fechas menciona en la denuncia)».

El fondo de la cuestión jurídica planteada en el recurso es de gran repercusión social, admite el Supremo, pero «no cabe examinar la cuestión de la prescripción cuestionada, para ofrecer soluciones a otros hipotéticos asuntos. Soluciones que, además, no constituirían doctrina jurisprudencial y que se adoptarían sin oír los argumentos de las partes implicadas en esas otras eventuales causas con similar sustrato fáctico».

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