Las diez noticias imprescindibles de Burgos este sábado 1 de febrero
Hospital Torrecárdenas de Almería. EFE

Una anciana murió por desatención en la puerta de urgencias

La sanidad andaluza pagará 200.000 euros al viudo porque falleció sin asistencia, a las dos horas de la llegada, pese a que fue clasificada en situación de riesgo vital

Martes, 19 de diciembre 2023, 17:38

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) deberá indemnizar con más de 200.000 euros a la familia de una anciana que murió en la sala de espera de las urgencias de un hospital de Almería sin ser atendida a pesar de haber llegado en estado ... grave.

Publicidad

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Almería ha rechazado todas las excusas presentadas por el gestor de la sanidad pública andaluza para eludir su responsabilidad en el deceso, algunas de ellas tildadas en sentencia como «casi amorales», e indica que no hay duda de que se trata de una gravísimo error médico o una negligencia por la que hay que indemnizar el viudo y a sus hijos con la citada cantidad más intereses.

La familia, asesorada por el letrado Ignacio Martínez, de la asociación El Defensor del Paciente, ante la cerrazón de la administración, ha necesitado más de cuatro años y medio para lograr que el tribunal les diese la razón.

Este drama comenzó el 2 de abril de 2019 cuando un anciano trasladó a su mujer, del 74 años, de una residencia al servicio de urgencias del Hospital Torrecárdenas de Almería, según consta en los hechos probados de la sentencia. La paciente, una mujer con varias enfermedades previas, alguna de ellas de tipo crónico, llegó al centro sanitario en un estado «comatoso» y con insuficiencia respiratoria.

El especialista que debería de haberla atendido en un máximo de 15 minutos dijo que no había visto el aviso en su ordenador

La enfermera que estaba en el triaje -el área en el que se hace la primera valoración del paciente a su llegada- la clasificó directamente en el nivel dos, lo que quiere decir que entendió que debía recibir atención urgente por parte del especialista, en no más de 15 minutos, por considerar que su situación entrañaba riesgo vital. Por ese motivo, le asignó inmediatamente el caso a uno de los médicos de urgencias, que recibió el aviso con el código de urgencia en su ordenador.

Publicidad

Sin embargo, los minutos pasaron sin que nadie la atendiera, con la mujer en la sala de espera junto a su marido, sin oxígeno terapia ni tratamiento alguno, cada vez más adormilada, hasta que unas dos horas después se comprobó que había fallecido por un edema pulmonar grave e insuficiencia respiratoria.

El médico al que se le asignó el caso, según su propia declaración ante la juez, por razones que se desconocen, nunca vio el aviso del triaje, pese a que constaba en el ordenador, por lo que no hizo el más mínimo ademán de atender a la paciente. Declaró que no se había enterado de lo ocurrido, lo que para la magistrada es un «error médico», hasta que al día siguiente lo supo por los medios de comunicación. En todo el tiempo de estancia de la mujer en urgencias ningún otro trabajador del centro hizo nada por subsanar el error.

Publicidad

Excusas «casi amorales»

La juez reprocha a la aseguradora del SAS que incurra en el «absurdo» de pretender culpar de la muerte al marido de la paciente por no haber avisado del empeoramiento de su mujer, en lo que califica de acción «desesperada» para eludir su responsabilidad y de acto «casi amoral». Subraya la magistrada que si una paciente, «con riesgo de urgencia vital», fallece en la sala de espera de urgencias , «sin ser atendida por nadie», «cómo puede pretenderse culpar al esposo de no darse cuenta del fallecimiento, siendo absolutamente lógico que el mismo pudiera pensar que su esposa se había quedado simplemente dormida».

La titular del juzgado reprocha que, de hecho, «la pregunta que debe hacerse no es por qué el marido no se percató sino dónde estaba el médico que debía atenderla en menos de quince minutos y dónde estaba el personal auxiliar de vigilancia de la sala de espera». Muy al contrario, los responsables de urgencias pretendieron negar la gravedad de la situación clínica de la paciente a su llegada al hospital, diciendo en su declaración que la podían haber clasificado en nivel tres en vez de en dos, pero que lo hicieron así para darle prioridad. La magistrada ignora este testimonio por considerarlo «no es creíble» ya que «contradice toda la documental médica existente».

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Disfruta de acceso ilimitado y ventajas exclusivas

Publicidad