La Fiscalía considera inconstitucional y discriminatorio que el Ejército exija la misma estatura mínima, 1,60 metros, a ambos sexos para poder acceder a la condición de militar de carrera. Entiende que vulnera la igualdad ante la ley de hombres y mujeres (artículo 14 de ... la Constitución) y el acceso a cargos públicos en condiciones de igualdad (artículo 23.2).
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El Ministerio Público pide al Tribunal Superior de Justicia de Madrid que dé la razón a una aspirante al Cuerpo Militar de Intervención, a la que no dejaron opositar por medir 1,58 metros, y que se declare contraria a derecho la resolución administrativa.
La recurrente alegó que las estadísticas oficiales dicen que hay un 30% de españolas que no alcanzan los 1,60 metros, mientras en el caso de los hombres el porcentaje baja al 3,3%. Por ese motivo, reclama que la altura mínima para las mujeres sea de 1,55 metros.
La Fiscalía se pone de sus parte porque entiende que es razonable que en los procesos selectivos para un trabajo público se distinga entre altura mínima para hombres y mujeres, «ya que parten de situaciones de hecho distintas». Cita una sentencia del Tribunal de la Unión Europea en la que falló contra Grecia en un caso idéntico, por no diferenciar por sexos la altura mínima para ingresar en la escuela de policías.
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