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El Tribunal Supremo no admite el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Fuentespina y ratifica que la propiedad de la ermita del Padre Eterno es de la Iglesia. De esta manera, como ya sentenció la Audiencia Provincial de Burgos, la parroquia de San ... Miguel Arcángel es la propietaria de esta ermita por la que litigaba el Consistorio. La resolución judicial también declara «la nulidad de la inscripción registral a favor del Ayuntamiento» .
El recurso de casación del Ayuntamiento se basaba en dos motivos, la infracción por aplicación indebida de la Ley Hipotecaria y un error material en la valoración de la prueba relativa a la ubicación de las dos ermitas que han existido, la antigua ermita de Casasola de 1602 y la actual ermita cuya construcción data de 1737.
No se admiten los motivos, según el Tribunal Supremo, al incurrir en la causa de carencia manifiesta ad fundamento ya que las cuestiones «exceden del ámbito del recurso de casación ya que éste está limitado a una estricta función revisora de la aplicación de las normas sustantivas al objeto del proceso a que alude.», dejando la casación limitada a un estricta función revisora del juicio jurídico.
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