Imagen del abogado de la asociación Clara Campoamor.

La asociación Clara Campoamor califica de «palo» a los derechos de las mujeres la sentencia del TSJCyL sobre el 'Caso Arandina'

Confía en que el Supremo rectifique la decisión, al igual de lo que ocurrió con el 'Caso de la Manada'

Miércoles, 18 de marzo 2020, 14:30

La Asociación Clara Campoamor, que ejerció como acusación popular en el denominado 'Caso Arandina', ha expresado su indignación por el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que absuelve a uno de los tres jugadores condenados ... por la agresión sexual sobre una menor y a aplicado una sustancial rebaja de penas a los otros dos.

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El letrado del colectivo, Luis Antonio Calvo, en declaraciones a Europa Press, ha reconocido la «desilusión» generada tras conocer la sentencia del Alto Tribunal castellanoleonés, con sede en Burgos, por el «palo muy grande« y «retroceso» que supone para los derechos de las mujeres.

Pese a reconocer que aún no había tenido acceso al contenido de la sentencia, Calvo declara su «total discrepancia» con la sentencia, que absuelve a R.C.H. y rebaja a cuatro y tres años las penas para C.C.S. ('Lucho') y V.V.R. ('Viti'), respectivamente, frente a los 38 años inicialmente impuestos por la Audiencia de Burgos a cada uno de ellos, y mantiene que los hechos constituyen un delito de agresión sexual, no de abusos, por cuanto los mismos se acometieron bajo intimidación.

«Confiamos en que el Supremo corrija esta situación, al igual que hizo en el 'Caso de la Manada'», ha apuntado Luis Antonio Calvo, que, sin aún tiempo de analizar la reacción de Clara Campoamor, viene ya a dejar entrever que el colectivo acudirá en casación ante dicho tribunal.

El abogado que ejerció como acusación popular también discrepa respecto de las atenuantes aplicadas a los dos condenados por el TJS, pues, tal y como recuerda, las mismas, en todo caso, podrían servir para el jugador absuelto, R.C.H, de 19 años cuando ocurrieron los hechos, pero no para los otros dos, 'Viti' y 'Lucho', de 21 y 24 años, respectivamente, cuando se produjeron los hechos.

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La acusación popular también muestra su malestar por el momento elegido por el TSJ, «con nocturnidad y alevosía», para dar a conocer un fallo de esta trascendencia, en referencia al 'Estado de Alerta' que vive el país con motivo de la pandemia del coronavirus.

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