El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha rebajado la pena de 9 años y medio de prisión a 5 años a un hombre acusado de un doble delito de abuso sexual contra la hija de su expareja, de 16 años, al estimar ... parcialmente el recurso presentado por la defensa del acusado.
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El Alto Tribunal revoca la anterior sentencia de la Audiencia Provincial en la que se aplicaba el agravante de prevalimiento para aumentar las penas contempladas en el Código Penal.
Los magistrados entiende que no se aprecia uso de superioridad para cometer las acciones que le mantienen en prisión provisional desde el 4 de marzo aunque confirma la anterior valoración de los mismos, por lo que se mantiene tanto la indemnización como cinco de los diez años de libertad vigilada impuestos en la sentencia recurrida.
Los hechos se desarrollaron en diciembre de 2021, cuando el inculpado residía junto a su expareja y la hija de esta, de 16 años. El hombre entró en la habitación de la menor y, tras manifestarle una discusión con su madre, la besó por el cuello e intento hacer lo propio en la boca, a lo que la joven se negó y tras lo que el acusado se marchó.
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Fue en febrero de 2022 cuando, de madrugada, el hombre entró a la habitación de la menor cuando dormía y le realizó un masaje en las piernas y le dio mordiscos en las nalgas por debajo de las sábanas, hechos ante los que la adolescente se tapó y se giró para el lado contrario.
Pocos minutos después, el acusado regresó al cuarto de la joven y destapándola, comenzó a besarle sus piernas y su zona genital hasta que le introdujo los dedos, acción tras la que decidió marcharse de la habitación para volver después y acostarse de nuevo a su lado para abrazarla y pedirle perdón por lo ocurrido.
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La menor se encontraba por aquel entonces en tratamiento psicológico y, un mes después de los hechos, se atrevió a contárselo a la profesional, que le aconsejó hacer lo propio con su madre y tras lo cual, la progenitora interpuso la denuncia correspondiente.
Durante todo el proceso judicial, el acusado negó lo relatado por la menor y también advirtió que, en aquellos instantes, se encontraba bajo los efectos del alcohol. Por ello, el letrado de la defensa solicitó el atenuante de embriaguez, un condicionante que fue desestimado tanto por la Audiencia Provincial como en la sentencia posterior del TSJCyL.
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