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La subida de las pensiones continúa notándose y el gasto en las pensiones contributivas se sitúa en el 11,7% del Producto Interior Bruto (PIB) en los últimos 12 meses en el conjunto del país. La nómina mensual de las prestaciones contributivas de la Seguridad ... Social fue de 11.945,6 millones de euros.
Según los datos ofrecidos por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en la provincia de Burgos tres cuartas partes de la nómina de pensiones contributivas de febrero se han destinado a pensiones de jubilación, en total el 71,27% de las pensiones es de este tipo, lo que supone un importe de algo más de 92 millones de euros. A las pensiones de viudedad se han destinado 18 millones de euros, mientras que la nómina de las prestaciones por incapacidad permanente es de cinco millones.
Por otra parte, las pensiones de orfandad son en la provincia 2.848, con un importe medio de 513,37 euros, y las prestaciones en favor de familiares alcanzan las 320, con un importe medio de 745,56 euros.
De las 92.176 pensiones contributivas abonadas, 63.440 son de jubilación, 20.782 de viudedad, 4.786 de incapacidad permanente, 2.248 de orfandad y 320 en favor de familiares. El número de pensiones crece a un ritmo interanual del 0,96%.
La pensión media del sistema asciende a 1.279,58 euros mensuales, por encima de la media nacional, que sitúa esta prestación en los 1.192,3 euros. Esta cuantía comprende las distintas clases de pensión (jubilación, incapacidad permanente, viudedad, orfandad y en favor de familiares).
Burgos es la segunda provincia de Castilla y León con una media mayor en relación a la prestación de las pensiones, por detrás de Valladolid, cuya media es de 1.316,55, y por delante de Palencia, que es la tercera con 1.220,02 euros.
La media de tiempo de resolución de los expedientes en 2022 ha sido de 21,15 días en el caso de la jubilación y de 19,46 días en las pensiones de viudedad. Hay que tener en cuenta que el plazo máximo de resolución en estos procedimientos, según el RD 286/2003 del 7 de marzo y el RD 1192/2021, de 3 de agosto, es de 90 días tanto en las prestaciones de jubilación como en las de viudedad.
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