El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Burgos que condena a un hombre a seis años de prisión, a cumplir en un centro psiquiátrico penitenciario, por intentar matar a su padre, al que propinó ... 5 cuchilladas en su domicilio de Miranda de Ebro en octubre de 2016.
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La Sala de lo Civil y Penal ha desestimado el recurso de apelación interpuesto y confirma la condena por un delito de asesinato en grado de tentativa, con la circunstancia mixta de parentesco como agravante y la eximente incompleta de alteración psíquica. Y es que el condenado presenta esquizofrenia paranoide, por lo que existe una circustancia modificativa de su responsabilidad criminal.
Los hechos ocurrieron en 2016 cuando el hombre, que estaba incapacitado y tutelado por la Fundación Tutelar para personas con enfermedad mental en Castilla y León (FECLEM) a causa de una esquizofrenia paraonide que padecía, acudió -como hacía frecuentemente- a desayunar a casa de sus padres.
Sin media palabra ni discusión previa, el sujeto cogió un cuchillo de la cocina de sus padres y asestó cinco puñaladas en el abdomen a su progenitor, quien tuvo que ser intervenido de las graves heridas sufridas en el Hospital Santiago Apóstol de Miranda de Ebro. El condenado forcejeó con su madre y, tras perder el cuchillo, salió de casa.
El propio informe médico determina que la víctima recibió cinco heridas incisivas que «plantearon una amenaza inmediata para la vida». De hecho, necesitó «103 días de curación, de los cuales 26 fueron de hospitalización y 56 fueron impeditivos para sus ocupaciones habituales».
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Según recoge la sentencia, en el examen forense practicado tras lo ocurrido no se detectó ni agitación, ni alteración del estado de ánimo ni alucinaciones, pero sí una ideación delirante de perjuicio contra la figura de su padre, al que responsabiliza de su enfermedad y de los múltiples ingresos psiquiátricos sufridos a lo largo de su vida.
Por todo ello, la Audiencia Provincial condenó al hombre a 6 años de prisión, por un delito de asesinato en grado de tentativa, con circunstancia mixta de parentesco como agravante pero con eximente incompleta de alteración psíquica. La condena, ratificada ahora por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, deberá cumplirse en un centro psiquiátrico penitenciario.
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