El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha vuelto a dar la razón al Ayuntamiento de Miranda de Ebro y ha fallado en contra de la asociación Abogados Cristianos. El TSJCyL ha rechazado el recurso de apelación que Abogados Cristianos interpuso ... contra un auto de marzo de 2021 dictado por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Burgos.
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En este auto, el juzgado inadmitía a trámite el recurso contencioso administrativo que esta asociación había presentado contra la colocación en el balcón del Ayuntamiento de Miranda en junio de 2020 de una «bandera LGTBI», según la denominación de la asociación Abogados Cristianos.
Anteriormente, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Burgos había estimado la alegación del Ayuntamiento de Miranda en la que decía que la asociación Abogados Cristianos «incurría en falta de legitimación activa para poder interponer dicho recurso». Una resolución que ha vuelto a ser ahora confirmada por el TSJ en una nueva sentencia con fecha del 16 de julio de 2021. Esta sentencia desestima el recurso de apelación de Abogados Cristianos y les condena a pagar las costas.
La sentencia concluye que Abogados Cristianos «no ha explicado, argumentado, ni justificado siquiera mínimamente por qué la actuación administrativa recurrida, así como la colocación de una bandera en apoyo de colectivos LGTBIQ+ en el balcón del Ayuntamiento de Miranda supone un ataque, lesión o daño bien a la religión cristiana o bien a alguno de sus seguidores», explican desde el Consistorio de Miranda, «algo que ya se señaló desde el Ayuntamiento».
«Celebramos esta resolución del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León que da la razón al Ayuntamiento. Miranda es una ciudad comprometida con la defensa de la igualdad y los derechos del colectivo LGTBIQ+», señala Begoña González Ladrero, concejala de Igualdad en Miranda.
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