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El acusado, instantes antes de declarar en el juicio por el atropello mortal de Yago Antón este martes en el Juzgado de lo Penal de Burgos ARH

El acusado del atropello mortal de Yago Antón reconoce que conducía borracho y con exceso de velocidad

El inculpado ha pedido perdón a la familia, desplazada desde Miranda de Ebro y presente en la sala, durante un juicio en el que se han mantenido las peticiones de cuatro años y seis años de cárcel, penas que la defensa trata de rebajar a cuatro meses

Martes, 28 de marzo 2023, 21:09

Cogió el coche bajo los efectos del alcohol y conducía con una velocidad excesiva. Esas son las confesiones que ha realizado el acusado por el atropello mortal de, Yago Antón, un niño de 13 años que fue arrollado cuando esperaba con su bicicleta en ... un semáforo en la entrada a Miranda de Ebro el pasado 6 de febrero de 2021.

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El Juzgado de lo Penal de Burgos ha acogido este martes un juicio de cinco horas de duración en el que han intervenido quince testigos y que ha contado con la presencia de los familiares del joven fallecido en la sala.

La vista ha comenzado con la confesión del acusado, que ha reconocido su culpabilidad al admitir que conducía bajo los efectos del alcohol y que lo hacía también a una velocidad excesiva aquella tarde de hace dos años, cuando el mundo del deporte y Miranda, quedaron conmocionados por la muerte del joven Yago.

«Solo pensaba en el móvil»

Así, el inculpado ha procedido a relatar su versión de los hechos remontándose más de tres horas antes del suceso, cuando había quedado con unos amigos para celebrar un cumpleaños en un restaurante a las afueras de la capital mirandesa.

Una vez en el lugar, al que había llegado en un coche que no conducía, el acusado ha recordado que «había bebido tres copas de vino durante la comida y dos chupitos de hierbas después» durante el evento.

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Tras regresar a la ciudad, la pérdida de su móvil, que según su relato contenía fotos de su padre recientemente fallecido, fue el desencadenante alegado por el que el procesado, consciente de su ingesta de alcohol, decidió coger el coche para buscarlo nuevamente en el restaurante.

Según su declaración, la falta del dispositivo le «obcecó» hasta tal punto que «solo pensaba en el móvil» e intentó buscarlo por el habitáculo mientras conducía de regreso, motivo por el que no se percató de la presencia del joven ni del coche que había delante de él con la suficiente antelación para evitar el accidente.

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Tras el impacto, el inculpado asegura que se quedo en un «estado de shock» que le impidió reaccionar durante unos minutos, tras los que asimiló lo ocurrido, bajó del coche, e intentó que alguna persona de las que se habían congregado tras el percance le cediese un móvil con el que informar a sus amigos de lo ocurrido.

Además, el abogado de la defensa también ha aportado documentación que atestigua su participación en un tratamiento de desintoxicación de las sustancias alcohólicas del Ayuntamiento de Madrid así como de su incorporación hasta en dos ocasiones a la terapia de Alcohólicos Rehabilitados de Miranda (Aremi) antes del fatal suceso.

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Con todos estos condicionantes, la defensa ha pedido que se le apliquen varios atenuantes y se tenga en cuenta tanto el hecho de estar en rehabilitación como el de colaboración y arrepentimiento para rebajar la gravedad de las penas hasta una condena de 4 meses. Cabe recordar que el procesado entró en prisión provisional tras ser detenido por el atropello mortal. Pena que se descontaría de la condena final que establezca el juez.

Recelo en la versión del acusado

Este relato, coincidente con el testimonio de dos testigos amigos de la víctima, no ha resultado del todo convincente ni para el Ministerio Fiscal ni para el letrado de la acusación particular, que han cuestionado la versión del teléfono y la colaboración del mismo tras el percance llegando a calificar este último su actitud como de «rozar la omisión de socorro».

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Ambos han basado su recelo sobre estas cuestiones en el relato de un testigo del accidente que residía a escasos metros del lugar del siniestro y que, según ha expuesto en la vista, «tuvo que coger del brazo» al acusado mientras abandonaba el lugar del accidente hablando por el móvil -que en la versión del inculpado se encontraba perdido-.

Tanto los dos ocupantes del vehículo contra el que impactó como una tercera persona que se encontraba en sentido contrario cuando ocurrió el accidente han atestiguado esta intención del acusado, una evasión que no ha sido recordada con tanta claridad por el resto de testigos intervinientes en el juicio.

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Sí han coincidido todos ellos en que la visibilidad, tanto del semáforo como de las luces de frenado accionadas por el vehículo detenido en el semáforo eran perfectas «pese a estar anocheciendo» desde los más de cien metros de calzada recta que el inculpado recorrió hasta el fatal choque.

También ha quedado constancia durante la vista que el acusado conducía con un nivel de alcohol en sangre «ampliamente» por encima de lo permitido, gracias a las dos pruebas realizadas por efectivos de la Policía Local de Miranda, que han explicado durante su intervención los resultados arrojados fueron de 0'63 y 0'7 miligramos por litro de aire espirado respectivamente, un tasa que supera el doble de lo permitido en ambos casos y es constitutivo de delito.

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La meteorología ha sido otro de los condicionantes que la defensa ha usado en la vista para explicar un posible «patinazo» del Toyota Yaris del inculpado en el momento de frenado al haber reconocido la mayor parte de los testigos que esa tarde había «lloviznado» en Miranda.

El coche, clave para esclarecer los hechos

Con dos versiones compatibles pero diferentes, las lecturas del sistema de grabación del vehículo (EDR) del acusado se han convertido en la clave para esclarecer los hechos sucedidos aquel 6 de febrero de 2021 con los datos objetivos proporcionados por el coche.

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De esta manera, los dos guardias civiles expertos en reconstrucción de accidentes que investigaron el siniestro han intervenido para explicar las conclusiones de su informe, unas deducciones que certifican un exceso de velocidad y una doble acción del freno segundos antes del impacto y un movimiento del volante para corregir la trayectoria.

A su vez, los agentes han calificado de «poco probable» que las leves precipitaciones pudiesen haber provocado un derrapaje del coche, misma apreciación que han utilizado para negar la compatibilidad de la correción realizada en la dirección del vehículo sin mirar a la carretera mientras buscaba el móvil en el habitáculo, tal y como ha expuesto el inculpado.

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Los datos extraídos del EDR también han revelado que el acusado frenó de manera leve en primer lugar (de 3 a 5 segundos previos al accidente) para reducir la velocidad de 101 a 72 kilómetros por hora para después realizar un frenado de emergencia un segundo y medio antes del golpe.

Con todo ello aclarado, los miembros de la Benemérita han sido contundentes al afirmar que los tiempos de reacción mostrados en el sistema de grabación del vehículo estaban «muy por encima»en comparación los de una persona en condiciones óptimas para la conducción.

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En la posesión de la última palabra, el procesado pidió «perdón de corazón» a la familia de Yago por un «daño que no tiene reparación» a causa de una «mala decisión» de la que se «arrepiente cada día».

Al finalizar los testimonios, tanto el Ministerio Fiscal como el letrado de la acusación particular se han mantenido firmes en las penas solicitadas de cuatro y seis años de prisión respectivamente por un delito de homicidio imprudente y dos de lesiones por imprudencia grave en concurso con otro de conducción temeraria.

El casco, elemento discordante que «pudo haber evitado la muerte»

A lo largo del juicio, la defensa ha cuestionado a los testigos y ha puesto en duda la posibilidad de que Yago no llevase casco -obligatorio para menores de 16 años al circular por el entramado urbano- en el momento del siniestro, circunstancia que ninguno de los declarantes ha recordado y que tampoco consta en ninguno de los documentos elaborados durante el proceso.

Así, al realizar esta pregunta a la médico forense encargada de la autopsia realizada al niño, la profesional ha afirmado que «de haberlo llevado, podría haber tenido un desenlace diferente».

Sobre esta declaración, el fiscal ha concluido que «el niño no se ha muerto por no llevar casco», aseveración compartida por el letrado de la acusación particular que ha añadido que es una cuestión «indiferente» y que no tiene relevancia penal ya que la causa del fallecimiento «fue el atropello».

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