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Sodebur facilita ayudas económicas y liquidez a autónomos y empresas rurales ante el nuevo Estado de Alarma

Sodebur facilita ayudas económicas y liquidez a autónomos y empresas rurales ante el nuevo Estado de Alarma

Se permite la entrada en ERTE de los trabajadores subvencionados para reactivación o contratación y se amplía el plazo de suspensión de las cuotas de amortización e intereses de su línea de microcréditos

Miércoles, 11 de noviembre 2020, 14:31

Sodebur seguirá facilitando ayuda y liquidez a los autónomos, empresas y emprendedores del medio rural de la provincia que se benefician de sus programas de ayuda económica, ante el nuevo estado de alarma.

Sodebur ha tomado, en este sentido, dos medidas urgentes de aplicación inmediata. Así, se permite a los beneficiarios de la subvención por el 'Fomento de la contratación de personas y mantenimiento del empleo en el medio rural de la provincia de Burgos frente al COVID19', la flexibilización del cumplimiento del requisito establecido en las bases de la convocatoria que dice «tanto las nuevas contrataciones como las reactivaciones de ERTE que se efectúen deberán tener una duración mínima de 9 meses» de modo que se pueda cumplir de manera discontinua, permitiéndose la entrada del trabajador subvencionado en un Expediente de Regulación de Empleo en caso de que fuera necesario; por otra parte, se amplía el plazo de suspensión del cobro de las cuotas por amortizaciones e intereses a los beneficiarios de la «Línea de préstamos para emprendedores y empresarios del medio rural de la provincia de Burgos» de SODEBUR, hasta el 30 de junio de 2021. En resolución anterior se suspendieron las cuotas hasta 31 de diciembre de 2020, pero en vista de la actual situación económica, se amplía esta medida durante seis meses más, concediendo así a los beneficiarios de la misma que así lo soliciten, un aplazamiento del pago de sus cuotas e intereses desde la fecha de esta resolución hasta el 30 de junio del 2021, atendiendo a las extraordinarias dificultades que razonablemente van a tener para atender su pago, como consecuencia de la segunda oleada de la pandemia.

Los beneficiarios que deseen la aplicación de esta medida, de la que serán debidamente informados, deberán devolver cumplimentado el formulario que se les enviará al efecto. Podrán acogerse a ella, de igual manera, aquellos empresarios que se encuentren actualmente en situación de suspensión de cuotas a raíz de la anterior resolución que sigan contando con dificultades para poder atender al pago de las mismas.

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