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La Audiencia Provincial de Burgos va a revisar de oficio las sentencias firmes dictadas por delitos contra la libertad sexual a la luz de la Ley del 'Solo sí es sí', al resultar más beneficiosa para el reo en algunos supuestos. Se tratará de ... revisar aquellas sentencias en las que el condenado se encuentre cumpliendo de manera efectiva la pena, según han informado fuentes judiciales.
La medida afectará a una veintena de resoluciones y el tribunal ha dado un plazo de 15 días a las partes para que se pronuncien. A continuación, se resolverá lo que proceda en cada caso, siguiendo así la indicación dada por el Tribunal Supremo, que ante el Caso Arandina ha indicado que se debe analizar «caso por caso, y no de forma global», la amplicación del beneficio del reo.
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El Supremo ha apuntado que la revisión debe aplicarse a asuntos pendientes de jucio, recursos de apelación y casación y en ejecutorias penales. En Burgos, solo se ha recibido una solicitud de revisión, que está dentro de la veintena que va a revisar de oficion la Audiencia Provincial. Tampoco se he dictado aún ninguna resolución en aplicación de la nueva ley.
La Ley de Garantía Integral de la Libertad Sexual (Ley Orgánica 10/2020) entró en vigor el pasado 7 de octubre y, desde entonces, se han revisado ya algunas sentencias en España. Y es que, ante cada cambio del Código Penal, se deben revisar las penas si existe beneficio para el reo. La Ley del 'Solo sí es es sí' reduce la pena mímia para algunos supuestos, de ahí las revisiones, de oficio o a petición de las partes.
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