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La cosechadora precintada y un coche de la Guardia Civil en la finca donde se originó el fuego. BC

Archivado el caso del incendio del Arlanza por resultar imposible culpar a los dos investigados

El Juzgado de Lerma ha acordado el sobreseimiento provisional del procedimiento por esta razón, por desconocer la causa exacta del fuego y porque la Junta no publicó la resolución que prohibía cosechar ese día

Miércoles, 21 de febrero 2024, 12:31

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Lerma ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo del procedimiento abierto por el incendio que en julio de 2022 se originó en Tejada y se extendió por el parque natural Sabinares del Arlanza-La Yecla. El incendio dañó un 11,5% de la extensión de este parque natural y miles de hectáreas más de otros pueblos como Quintanilla del Coco, Santo Domingo de Silos, Santibáñez del Val o Contreras también se vieron afectadas.

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El juzgado ha archivado el caso por varios motivos. Por un lado, se explica que se desconoce después de todos los informes periciales y policiales la causa exacta del fuego, por tanto, resulta imposible atribuir la responsabilidad a ninguno de los dos investigados. «En el presente caso no se han reunido en la causa indicios suficientes que permitan tener por acreditado que la conducta de los investigados el día de los hechos reuniera a los presupuestos típicos del ilícito que se investiga», señala la resolución, que no es firme y contra ella cabe recurso de reforma y/o apelación.

Resolución nunca publicada

Igualmente, el juzgado de Lerma añade que la resolución de la Junta de Castilla y León que prohibió cosechar entre las 12 y las 19 horas de aquel día nunca fue publicada, por lo que resulta ineficaz y, en consecuencia, no puede apreciarse la imprudencia grave.

«La resolución citada nunca fue oficialmente publicado, con lo que ella conlleva a los efectos previstos y regulados en la ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública según el cual los actos administrativos como la resolución a la que se alude son eficaces desde que se dictan, salvo que tal eficacia esté supeditada a la notificación o publicación del acto», según recoge el auto del juzgado.

Lo que marcan los informes

El atestado que inició este expediente y los informes periciales exponen que ese día, el 24 de julio de 2022, sobre las 13 horas se propagó un incendio con origen en una parcela de Tejada que se extendió rápidamente por centenares de hectáreas y afectó a numerosas propiedades y al parque natural.

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En ese momento, en esa parcela donde se originó el fuego se encontraban realizando labores agrícolas a borde de una máquina cosechadora un hombre, pero también se encontraba en el lugar el otro investigado y un testigo imparcial que pasaba por allí dando un paseo. Al pasar la cosechadora por la línea perimetral fue cuando los presentes detectaron el fuego. Pero las diligencias de investigación no han permitido atribuir el origen del incendio a una circunstancia específica que permita establecer la responsabilidad criminal e identificar a la persona concreta responsable.

Investigaciones periciales posteriores sitúan el origen del fuego en el lugar donde resultó estacionada la máquina cosechadora, pero los testigos e investigados señalan que este lugar donde quedó aparcada no es el mismo donde la cosechadora se encontraba al inicio del fuego. También se ha descartado que el fuego pudiera surgir dentro de la máquina, como en el sistema de aire acondicionado, y saliera al exterior.

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Un tractor en marcha en el lugar

En la finca también se encontraba un tractor, manejado por el otro investigado, que tras la descarga de cereal hizo una maniobra en esta finca. Es en este punto donde resulta imposible determinar el lugar exacto en el que prendió la llama o si este lugar era más próximo a la máquina cosechadora o al tractor o remolque. «Cualquiera de los dos vehículos o cualquiera de las dos personas allí presentes podría haber generado la partícula incandescente que desencadenó después el siniestro», según se explica en el escrito del juzgado.

El tractor también tenía el motor en marcha. «A la vista de lo anterior, resulta imposible discernir si el elemento incandescente cuyo contacto con el combustible vegetal del suelo ha sido identificado como la cusa del incendio procedió de un vehículo o del otro», se apunta desde el Juzgado de Lerma. Además, se explica que «existen circunstancias que sugieren atribuir la responsabilidad en el origen del fuego a uno u otro investigado indistintamente».

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Así, el juzgado concluye que no es posible identificar con certeza y de manera incontestable la circunstancia exacta que originó el incendio. Ni tampoco al responsable de esa acción. Sí se apunta que concurrieron en el lugar un factor humano compuesto por dos individuos investigados, pero no es posible determinar cuál de sus conductas (manejo de maquinaria susceptible de generar elementos incandescentes) fue exactamente la originadora del elemento causante del siniestro.

La resolución de la Junta no se publicó

Además, en este caso, no se han reunido indicios suficientes para considerarlos culpables del ilícito que se investiga. Esto también se debe a que el día 24 de julio de 2022 había sido pronunciada la Resolución del Director General de Patrimonio Natural y Política Forestal por la que se incrementa la Situación de Riesgo Meteorológico de Incendios Forestales declarando la situación de alarma del 20 de julio al 24 del mismo mes. Esto prohibía la realización de labores de cosecha agrícola este día hasta las 19 horas.

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El quebranto de esta norma habría determinado la concurrencia de imprudencia grave. Los investigados negaron con rotundidad haber tenido conocimiento de esta resolución. Pero, en todo caso, ocurre que efectuadas las averiguaciones, esta resolución «nunca fue oficialmente publicada», se explica desde el juzgado. «Siendo así las cosas, el presupuesto típico de la grave imprudencia que habría de guiar la conducta de los posibles autores para poder ser penalmente reprochable se desintegra».

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