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Lunes, 18 de julio 2022, 15:19
Laura Borràs, cada vez más cerca de sentarse en el banquillo, acusada de haber cometido los delitos de prevaricación y falsedad documental mientras dirigía la Institució de les Lletres Catalanes (ILC). Está acusada de fraccionar 18 contratos por valor de 330.000 euros para favorecer ... a un amigo, también imputado.
El TSJC ha echado este lunes por tierra la estrategia judicial de la presidenta del Parlament y ha rechazado los recursos presentados por su abogado, Gonzalo Boye. El Alto Tribunal ha desestimado el recurso que presentó Borràs contra el auto del 27 de junio que dio por concluida la investigación del caso y pidió a la Fiscalía que presentara su escrito de acusación. La justicia ha confirmado el auto y por tanto el procesamiento de la líder de Junts.
Además, ha rechazado el intento de la presidenta de Junts de recusar al abogado instructor, Carlos Ramos. En consecuencia, tras desestimar los recursos y teniendo en cuenta que la Fiscalía ya ha presentado su escrito de acusación, con petición de penas de 6 años de prisión por el delito de prevaricación y 21 de inhabilitación por el de falsedad documental, Borràs está a un paso de que el juez decrete la apertura de juicio oral. Extremo que podría suponer su cese como presidenta del Parlament, en aplicación de un reglamento de la Cámara catalana. Borràs se niega pues se considera un víctima de la «represión» del Estado, mientras ERC ha reiterado este lunes que debería apartarse.
La presidenta de la Cámara catalana presentó un recurso contra el auto que dio por concluida la investigación, en el que reclamó al TSJC que se le juzgue por un jurado popular. Pero el juez replica ahora que no será posible, ya que la Fiscalía ha descartado acusarla por malversación. «El Ministerio Fiscal, en su escrito de acusación, no recoge la comisión de otros delitos que los de prevaricación administrativa y falsedad documental», que no están incluidos entre los de competencia del tribunal del jurado, recuerda el magistrado.
El TSJC rechaza también la recusación del magistrado instructor y es crítico con el abogado de Borràs. «Dada su absoluta inviabilidad, que es conocida por la recusante y su representación letrada, su formulación en este procedimiento solo puede considerarse un abuso de derecho y un fraude procesal, dirigido a remover al juez predeterminado por la ley y a dilatar la tramitación, con la finalidad de retrasar la decisión a adoptar sobre una eventual apertura del juicio oral» reprocha con contundencia. Y los jueces advierten de que la opción política de la dirigente de Junts no tienen nada que ver con los hechos investigados en la causa, «calificados todos ellos —provisionalmente— como presuntos delitos relativos a una actuación administrativa sin connotaciones políticas de ningún género», remata el TSJC.
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