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Lluís Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó y Ramona Barrufet (dcha a izq) Efe
El Supremo ordena repetir el juicio a los exmiembros de la Mesa del Parlament

El Supremo ordena repetir el juicio a los exmiembros de la Mesa del Parlament

El Alto Tribunal considera que dos de los jueces del TSJC que les juzgaron no eran imparciales

Cristian Reino

Barcelona

Martes, 15 de noviembre 2022, 16:30

La sala penal del Tribunal Supremo ha anulado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que condenó a cuatro exmiembros de la Mesa del Parlamento catalán por un delito de desobediencia por la tramitación de las leyes de la desconexión, en septiembre ... de 2017.

Los cuatro dirigentes independentistas, Anna Simó, Ramona Barrufet, Lluís Guinó y Lluís Corominas fueron condenados el 19 de octubre de 2020 a penas de inhabilitación de un año y 8 meses y una multa de 30.000 euros cada uno por un delito de desobediencia al Tribunal Constitucional. Estos cuatro dirigentes nacionalistas (entonces de ERC y CDC) formaban parte de la Mesa que presidía Carme Forcadell, que fue condenada a once años de cárcel por un delito de sedición. Más tarde fue indultada por el Gobierno. Todos ellos permitieron la tramitación de las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica, previas a la celebración del referéndum ilegal del 1-O de 2017 y a la declaración unilateral de independencia del 27-O.

El Supremo ordena repetir el juicio en el TSJC, pues considera vulnerado el derecho a un tribunal imparcial de los acusados, debido a que dos de los jueces que integraron el tribunal habían exteriorizado ya en autos previos una toma de postura explícita acerca de cuestiones que constituyeron después objeto esencial del juicio.

El Supremo declara la nulidad del juicio y dictamina que deberá celebrarse uno nuevo con una distinta composición del tribunal. La sala estima de esta forma el recurso que presentó Anna Simó, al que se adhirieron Lluís Corominas, Ramona Barrufet y Lluís Guinó. En la sentencia recurrida, el TSJC absolvió a una quinta acusada, Mireia Boya.

El Supremo subraya que el derecho a ser juzgado por un tribunal imparcial exige que los integrantes del tribunal comparezcan ajenos a cualquier toma previa de posición sobre las cuestiones esenciales que allí han de ventilarse, desprovistos de cualquier clase de prejuicio valorativo. «Si fuera procedente la metáfora: la partida debe comenzar con el marcador a cero», señalan los jueces. La Sala ha aplicado al caso la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre el derecho a un tribunal imparcial.

Simó denunció la falta de imparcialidad de dos de los magistrados, José Luis Barrientos y Ramos Rubio, cuyas recusaciones fueron rechazadas. En el recurso, se incidió en que formaron parte de la sala que admitió las tres querellas que, sucesivamente, dieron lugar a la formación de la presente causa; y también de la que desestimó los recursos de súplica interpuestos contra aquellas decisiones.

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