El Tribunal Supremo ha confirmado cuatro años y medio de prisión para el expresidente de Bankia Rodrigo Rato por un delito continuado de apropiación indebida en el caso de las 'tarjetas black' de Caja Madrid.
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La Sala Segunda (de lo penal) ... ha ratificado las líneas maestras de la sentencia que dictó la Audiencia Nacional en este asunto, y confirma la comisión del delito de apropiación indebida por otros 63 exdirectivos y exmiembros del Consejo de Administración de la Caja, que se beneficiaron de estas tarjetas cuya operativa era opaca a Hacienda.
Las penas varían de forma muy leve para algunos de los condenados al estimar el Supremo que la atenuante de reparación del daño aplicada a los acusados que consignaron judicialmente las cantidades que extrajeron con la tarjeta debe entenderse como muy cualificada y no simple, igual que la Audiencia Nacional apreció para quienes ingresaron el dinero directamente a los perjudicados (FROB o Bankia). Las penas firmes dictadas por el Supremo oscilan entre los cuatro meses de prisión y los cuatro años y medio de Rodrigo Rato.
En el caso del exdirectivo de Caja Madrid Ildefonso Sánchez Barcoj, la Sala estima parcialmente su recurso y rebaja de dos años de prisión por un delito continuado de apropiación indebida. El tribunal entiende que debe ser condenado por un único delito continuado de apropiación indebida y no por dos delitos (uno como cooperador necesario y otro como cómplice) por los que le condenó la Audiencia. Además, en su caso, el tribunal también le aplica la atenuante muy cualificada de reparación del daño.
La sentencia confirmada estableció como responsabilidad civil la devolución por los acusados de más de 12 millones de euros gastados con las tarjetas. De ellos, 9,3 millones se gastaron en la etapa de Miguel Blesa (ya fallecido) como presidente de Caja Madrid y 2,6 millones cuando el presidente de dicha entidad o Bankia era Rato.
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Ambos fueron condenados a responder civilmente de forma solidaria por las cantidades gastadas durante sus mandatos, que fue de enero de 2003 a enero de 2010, en el caso Blesa, y de febrero de 2010 a mayo de 2012, en el caso de Rato.
-Rato: 4 años y medio
-Moral Santín: 4 años
-Rodríguez-Ponga: 3 años
-S. Barcoj: 2 años y medio
-Díaz Ferrán: 2 años
-Ramón Espinar: 1 año
-Romero de Tejada: 1 año
-Spottorno: 2 años
-López Madrid: 5 meses
-Virgilio Zapatero: 4 meses
-Martín Pascual: 3 años
-Fernández Norniella: 1 año
-Astorqui: 2 años
-Corsini: cuatro meses
-Cándido Cerón: un año y 8 meses
-Jesús Pedroche: 1 año
-Alberto Recarte: 1 año
-J. J. Azcona: 2 años
-Arturo Fernández: seis meses
J. A. Bravo. Un sistema que cuando se estableció en 1988 «estaba pervertido en su origen y en su traslado a la práctica». Así definen los magistrados del Tribunal Supremo el modelo de las tarjetas 'black' para uso del presidente y miembros de algunos de los órganos directivos de Caja Madrid y Bankia, incluido su consejo de administración.
Ni tenían reflejo en los contratos ni formaban parte de las dietas, eran -subrayan los magistrados en su resolución de 456 páginas hecha pública este miércoles- un medio con el que «disponer a su antojo del dinero» de ambas entidades «para sus atenciones personales o cualquier otro fin que ellos mismos establecieran». No había más control, apuntan, que «los límites mensuales o anuales ya establecidos».
Eso sí, advierten también de que «los receptores de las tarjetas no tenían obligación de utilizarla» -Francisco Verdú, ex consejero delegado de Bankia, se negó y advirtió al presidente, Rodrigo Rato, de que era una «mala praxis»-, de modo que si lo hacían «ello implicaba que aceptaban la participación en el plan que se les ofrecía». «No es posible -reprochan a los recursos de varios condenados- aceptar que estaban actuando conforme a la ley al disponer de esa forma de dinero para cualquier tipo de gasto sin control de ninguna clase ni reflejo fiscal».
Para el alto tribunal estamos ante un sistema «en aquella época fuera de la ley», sin apoyo normativo o estatutario, y «actuando como si fueran dueños del dinero a costa del patrimonio de la entidad». De Rato dice que «se lucró indebidamente y permitió el lucro de los demás». «Ninguna persona con una formación mínima -insiste en su censura a los condenados- , lo que se podría identificar con el hombre medio, podría entender de forma mínimamente razonable que unas percepciones con tal grado de ocultación u opacidad» pudieran estar «justificadas».
La única concesión del Supremo es rebajar solo en parte la pena de una treintena de acusados por devolver lo gastado con las 'black' y, sobre todo, reducirla a la mitad para Ildefonso Sánchez Barcoj, ex alto cargo de Caja Madrid, al condenarle por un solo delito continuado de apropiación indebida y no dos. Y sobre la validez de los archivos Excel con los gastos de las tarjetas, declara «legítimo» su uso al no detallar el «empleo particular» de cada uno.
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