Robles, ayer en Bruselas, donde se celebró una reunión de ministros de Defensa de la OTAN. R. C.

La soldado que sufrió acoso sexual aún se enfrenta a su expulsión del Ejército

La condena al teniente prueba que los dos años de baja fueron causados por el trauma padecido y el abogado de la víctima pide revocar su ascenso

Mateo Balín

Madrid

Viernes, 28 de junio 2019, 00:22

La soldado del Ejército del Aire que sufrió acoso sexual de un teniente entre octubre de 2014 y marzo de 2016 en una escuela militar en Alcantarilla (Murcia), según sentenció este miércoles un tribunal castrense, que condenó a seis años y medio de prisión ... al acusado, no solo está «destrozada psicológicamente» por el trauma vivido, sino que aún se enfrenta a su expulsión de las Fuerzas Armadas.

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El pasado 17 de diciembre de 2018, el Ministerio de Defensa resolvió que «su insuficiencia de condiciones psicológicas, ajenas a acto de servicio», motivaban el fin del contrato firmado con el Ejército. La razón dada fue que llevaba dos años de baja laboral por causa externa. Esta decisión provocó su suspensión mientras se tramitaban los pertinentes recursos. En consecuencia, no tendría derecho a pensión ni a servicio médico si se confirmaba su despido.

El abogado de la mujer presentó un recurso de reposición ante la citada resolución. En el mismo mostraba su disconformidad al considerar que «su inutilidad física» fue causada en acto de servicio. A principios de febrero su caso saltó a los medios. Se conoció que estaba suspendida, que había sido señalada para abandonar el ejército y que estaba a la espera del juicio por un presunto caso (entonces) de acoso sexual continuado, con episodios tan denigrantes como tocamientos y masturbación ante la víctima del entonces subteniente, F. C. A.

El ministerio que dirige Margarita Robles reaccionó y, a la espera de la resolución del expediente de expulsión, dejó sin efecto la inhabilitación temporal de la soldado y acordó su reingreso. Del mismo modo, decidió pedir un dictamen a la Junta Médico Pericial Superior a fin «de que se pronuncie sobre el origen de la patología, así como el grado global de limitación que le corresponde, en el caso de que, en su día, se anule la resolución de diciembre».

Con estos mimbres, la sentencia conocida ahora da un vuelco a todo lo sucedido hasta la fecha. Con una salvedad, la víctima «no puede ni siquiera mostrar un atisbo de sosiego» porque aún está a la espera de su expulsión del Ejército del Aire, según comenta su abogado Antonio Suárez-Valdés.

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«Quiere rehacer su vida»

El letrado, en representación de su cliente, ha exigido a la ministra Robles que, con carácter inmediato, proceda a reconocer, de una vez y ante la contundencia de los hechos probados en la sentencia, que la patología de estrés postraumático tuvo su origen en su servicio en las Fuerzas Armadas, «para terminar de este modo con su victimización y que pueda rehacer su vida de una vez».

Fuentes de Defensa respondieron este jueves a este periódico que en cuanto se les notifique el fallo estudiarán el caso y tomarán una decisión, aunque recordaron que aún cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo (tienen cinco días para presentarlo ante la Sala de lo Militar), por lo que la sentencia no es firme de momento.

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Sobre el fallo del Tribunal Militar Territorial Primero, que impone además al teniente una indemnización de 106.754 euros por los daños psicológicos causados, la defensa ha presentado un escrito para que los jueces corrijan un concepto en la tipificación de los delitos y las penas.

En concreto, pide aclarar que uno de los delitos probados es el de abuso de autoridad en su modalidad de trato degradante, que conlleva tres años y un día de prisión y que, según la sentencia, «supone la accesoria de suspensión de empleo militar». No obstante, el artículo 15 del Código Penal Militar afirma que si la pena exceda de los tres años de prisión «llevará consigo la accesoria de pérdida de empleo», como ocurre con el teniente, pese a que está ya en situación de reserva. Del mismo modo, se podrían revocar sus ascesos cuando la sentencia sea firme.

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