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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena por un delito de blanqueo de capitales agravado al histórico narcotraficante gallego Jose Ramón Prado Bugallo, alias 'Sito Miñanco', a su primera esposa, Rosa Pouso, a su hija mayor y al empresario Jose Alberto Agüin. La Sala ... Segunda (de lo Penal), no obstante, reduce de forma leve la pena de cuatro años de prisión que les impuso a cada uno la Audiencia Provincial de Pontevedra al apreciar dilaciones indebidas en la causa, que se inició en 2009. El tribunal absuelve del mismo delito a la ex cuñada de 'Sito Miñanco' porque los hechos por los que se le condenó no son concluyentes.
Así, los magistrados imponen a Prado Bugallo tres años y nueve meses de prisión y multa de cinco millones de euros; tres años y seis meses y multa de cinco millones a su ex esposa; tres años y tres meses y multa de cuatro millones a su hija; y tres años y seis meses y multa de cinco millones al empresario Agüin. La sentencia ratifica el resto de pronunciamientos de la Audiencia de Pontevedra, que incluyen la clausura definitiva de la Inmobiliaria San Saturnino S.L. y el comiso de la totalidad de los bienes reflejados en los hechos probados.
El tribunal considera acreditado que los condenados formaron una estructura organizada marcada por intensos vínculos personales de sus integrantes y que blanquearon dinero procedente del narcotráfico entre 1988 y 2012, a través de sociedades instrumentales «constituidas para la ocultación y retorno de las ganancias obtenidas o vinculadas con las actividades de una enorme magnitud cuantitativa y cualitativa de narcotráfico en las que participó Prado Bugallo».
La sentencia firme, con ponencia del magistrado Javier Hernández, analiza los hechos probados por el tribunal de Pontevedra, según los cuales 'Sito Miñanco' desarrolló desde los años ochenta actividades relacionadas con el narcotráfico de una especial relevancia cuantitativa y cualitativa por las que resultó condenado en dos ocasiones a graves penas de prisión.
Durante ese período, constituyó las mercantiles San Saturnino S.L. y Jolva S.L., mediante las que se adquirieron 34 inmuebles y 13 fincas. Las dos mercantiles eran administradas por Rosa Pouso y Jose Alberto Agüin. Las adquisiciones inmobiliarias realizadas no se ajustaban a los ingresos societarios y los precios de compra presentaban todos ellos un patrón de infravaloración respecto a los precios de mercado, afirma la resolución.
A juicio de la Sala, los hechos objetivos acreditados conducen a la conclusión de que Prado Bugallo «creó un modelo de transformación de las ganancias ilícitas derivadas de su actividad criminal prolongado durante más de 20 años en el que participaron las personas más próximas de su círculo más íntimo personal y familiar».
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