Cristian Reino
Barcelona
Jueves, 18 de mayo 2023, 15:32
El comité de Derechos Humanos de la ONU ha dictaminado que España vulneró el derecho a la participación política del expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont. La resolución llega cinco años después de los hechos y amonesta al Estado por haber suspendido a Puigdemont como ... diputado autonómico sin haber sido condenado.
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El dictamen, en cambio, no le da la razón en su reclamación de poder ser investido presidente a distancia. El comité considera que la exigencia de la presencia física para su investidura no constituye una violación de derechos. En enero de 2018, Carles Puigdemont, ya en Bruselas, trató de ser elegido presidente de la Generalitat por vía telemática, sin asistir al Parlamento catalán. Pero el Constitucional se lo impidió.
El juez del Supremo Pablo Llarena decretó su suspensión como diputado en aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que contempla este supuesto para los cargos públicos en prisión provisional y procesados por rebelión. Este mismo comité de la ONU falló en 2022 en términos similares por la suspensión como parlamentarios de Junqueras, Romeva, Turull y Rull.
Puigdemont fue procesado en marzo de 2018 y en consecuencia perdió el acta de diputado. El dictamen considera que España vulneró el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos pues, a su juicio, la suspensión «previa a una condena, no fue por motivos previstos en la legislación, que sean razonables y objetivos». Puigdemont se felicitó por la resolución, reivindicó «su labor en el exilio» y aprovechó para hacer campaña y cargar contra España. «No es una democracia plena», señaló.
El comité da un plazo de 180 días a España para que le informe de las medidas que haya adoptado para aplicar su dictamen y pide las iniciativas que sean necesarias «para evitar que se cometan violaciones similares en el futuro».
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