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Una vez decaído el estado de alarma y a falta de una vacuna o tratamiento farmacéutico que alivie los síntomas del coronavirus, el Gobierno basará su estrategia de control de la epidemia en el decreto de la 'nueva normalidad', cuya tramitación como proyecto de ley ... se ha aprobado este lunes en el Congreso con 265 votos a favor, 77 en contra y 5 abstenciones. En él se establecerán los instrumentos legales y operativos que permitan la «respuesta común y coordinada» de todas las autoridades sanitarias.
La mascarilla seguirá siendo un elemento habitual a la hora de abandonar el domicilio y su uso será obligatorio siempre que no se pueda mantener la distancia de seguridad. El incumplimiento de esta medida será sancionado con multas de hasta 100 euros y serán las comunidades autónomas y las entidades locales a las que les corresponderá las funciones de vigilancia, inspección y control.
En espacios abiertos, comercios o lugares de trabajo, finalmente la distancia de seguridad que se ha fijado es la de 1,5 metros para fijar la obligatoriedad de usar la mascarilla.
Igualmente, el Decreto recoge la declaración expresa la Covid-19 como enfermedad de declaración obligatoria urgente, es decir, que los médicos están obligados a notificar a las autoridades sanitarias por ser de especial importancia para la sociedad. Se une así a otras como el cólera, la difteria, el dengue o el botulismo.
Los servicios de salud garantizarán que, en todos los niveles de la asistencia, y de forma especial en la Atención Primaria, se le realizará a todo caso sospechoso una prueba diagnóstica por PCR u otra técnica de diagnóstico molecular, tan pronto como sea posible desde el conocimiento de los síntomas, y que toda la información se transmita en tiempo y forma.
Los establecimientos, medios de transporte o cualquier otro lugar, centro o entidad pública o privada en los que las autoridades sanitarias identifiquen la necesidad de realizar trazabilidad de contactos, tendrán la obligación de facilitar a las autoridades sanitarias la información de la que dispongan relativa a la identificación y datos de contacto de las personas potencialmente afectadas.
En el texto también se contempla la adopción de medidas de prevención e higiene en el entorno de trabajo, tales como la ordenación de los puestos o la organización de los turnos para evitar aglomeraciones, así como en los establecimientos comerciales, en los centros residenciales de carácter social o en las actividades de hostelería y restauración.
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