El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena contraataca. Después de conocer ayer la decisión del tribunal regional de Schleswig-Holstein (Alemania) de admitir de forma parcial la euroorden contra Carles Puigdemont, que supuso su libertad bajo fianza de 75.000 euros y la retirada del ... delito de rebelión por no ser coincidente con el de alta traición en el código penal germano, el magistrado del Tribunal Supremo estudia la posibilidad de acudir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), según han confirmado fuentes del Alto Tribunal.
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El motivo es la presentación de una cuestión prejudicial ante la corte con sede en Luxemburgo, cuyo cometido será aclarar o clarificar la interpretación que ha hecho el tribunal del land sobre el mecanismo de entrega. La admisión de esta demanda, en caso de que se ejecute, tendrá efectos suspensivos sobre la tramitación de la OEDE contra Puigdemont. Sin embargo, una resolución del TJUE no tendrá efectos ejecutivos o vinculantes sobre el fondo de la euroorden, aunque lo lógico es que el tribunal de Schleswig-Holstein o instancias superiores alemanas lo tengan en cuenta, afirman fuentes jurídicas consultadas.
La razón que ha motivado este movimiento de Llarena, instructor de la causa del 'procés', es que la resolución sobre Puigdemont pone en entredicho todo el sistema de la OEDE y su regulación, basada en la confianza entre los países miembros. Es decir, consideran que el tribunal del land se ha excedido en la interpretación del fondo de la violencia para llegar a la conclusión de que la rebelión que estima Llarena no se asemeja a la de alta traición germana.
En suma, de dar este paso en Luxemburgo el juez quiere aclarar si la aplicación que se ha hecho vulnera el derecho comunitario, ya que el espíritu de la OEDE «es muy claro».
A la estrategia de Llarena también se suma la Fiscalía General del Estado, que ha remitido un comunicado en el que asegura «que la decisión decretada por el Tribunal del Land afecta exclusivamente a la medida cautelar adoptada respecto a Puigdemont (libertad bajo fianza), pero no es una medida definitiva, en el sentido que no entra a prejuzgar el fondo del asunto relativo a la entrega del mismo».
Y recuerda que la decisión marco de la OEDE señala que las autoridades centrales en la ejecución de una orden de detención europea, en este caso el órgano judicial alemán, «debe limitarse a un apoyo práctico y administrativo». Es decir, solo supeditada al requisito de que los hechos que justifiquen la emisión de la orden sean constitutivos de un delito respecto del Derecho del Estado miembro de ejecución, con independencia de los elementos constitutivos o la calificación del mismo».
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En cualquier caso, la Fiscalía General también estudiará la eventual posibilidad de ejercitar las acciones pertinentes para la protección y defensa del orden jurídico europeo.
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