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Martes, 15 de diciembre 2020, 17:49
El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE), con sede en Luxemburgo, ha rechazado este martes un recurso presentado por el presidente de Esquerra y exvicepresidente de la Generalitat, Oriol Junqueras, contra una decisión del presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, que dejó vacante su ... escaño en la Eurocámara. En concreto, el TGUE ha declarado «inadmisible» dicho recurso.
Según el fallo del tribunal europeo, el presidente del Parlamento Europeo «no hizo más que transmitir a la institución información sobre una situación jurídica preexistente, derivada exclusivamente de las decisiones de las autoridades españolas«. Se refiere a una decisión del 3 de enero, en que la Junta Electoral Central declaró que Junqueras, ya condenado, tenía »inelegibilidad sobrevenida«. Y a pesar de una sentencia favorable del Tribunal de Justicia de la UE, el Tribunal Supremo acordó que no anulaba la sentencia del 'procés' ni permitía a Junqueras desplazarse para recoger su acta. Se trata del tercer revés sobre este procedimiento que recibe este año Oriol Junqueras.
Junqueras concurrió a las pasadas elecciones europeas de 2019, en las que fue elegido diputado. Ganó su escaño en el Parlamento europeo mientras era juzgado en el Tribunal Supremo, donde finalmente fue condenado a una pena de trece años de prisión por sedición y malversación.
Al no haber obtenido permiso para poder prestar el juramento o promesa de acatar la Constitución española que la normativa española exige a los electos al Parlamento Europeo, su escaño fue declarado vacante por la Junta Electoral Central el 20 de junio de 2019. Junqueras no asistió a la sesión inaugural del Parlamento Europeo el 2 de julio de 2019, pues no recibió el permiso del Tribunal Supremo. Su escaño quedó vacante por una decisión del presidente de la Eurocámara del 13 de enero de este año. Junqueras recurrió aquella decisión, pero ahora el TGUE ha rechazado el recurso.
El Tribunal General concluye que que el Parlamento Europeo «no dispone de ninguna competencia» para controlar la decisión de las autoridades de un Estado miembro por la que se declare la anulación del mandato de un diputado europeo en aplicación del derecho nacional y la decisión de declarar la vacante del escaño que resulte de ello, puesto que el Parlamento Europeo es «simplemente informada de esa vacante por las autoridades nacionales», señala.
Carles Puigdemont y Toni Comín, en cambio, sí pudieron asistir a la sesión constitutiva del Parlamento europeo, a pesar de que, como Junqueras, no acataron la Constitución española. Pero ambos estaban huidos de España y se encontraban en Bruselas. En su caso, se beneficiaron de la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE que dio la razón a Junqueras en diciembre de 2019. Según el fallo, debería haber sido reconocido como eurodiputado desde el momento en que fue elegido y gozar desde ese momento de inmunidad. Por eso, Puigdemont y Comín pudieron asistir a la sesión parlamentaria de Estrasburgo.
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