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La Audiencia Provincial de Zaragoza ha revocado la imputación de la exministra de Asuntos Exteriores Arancha González Laya en el 'caso Ghali' al no ver indicios de delito. La Sección Tercera de lo Penal ha corregido el auto del juez Rafael Lasala del pasado 10 ... de marzo, en el que mantuvo como investigada a la anterior responsable de la diplomacia española por las presuntas irregularidades en la entrada del líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, en estado grave por coronavirus, la noche del 18 de abril de 2021.
El tribunal presidido por José Ruiz, en una resolución de 14 páginas fechada a 26 de mayo, admite el recurso de la Abogacía del Estado, en representación de González Laya, y zanja que no existen elementos que permitan acreditar un delito de prevaricación, encubrimiento o falsedad por parte de ninguno de los exaltos cargos del Gobierno.
El tribunal enmienda la plana al juez instructor ya que, «si bien es innegable que González Laya era conocedora de la intención de que Ghali fuera tratado en España y tomó parte activa en los preparativos que condujeron a ello, no existen indicios que soporten la conclusión de que conocía la existencia de un interés judicial sobre aquella persona».
En concreto, los servicios jurídicos del Estado, en nombre de María del Mar Gonzalo, argumentaron que los hechos acreditados en el marco de la investigación «no son constitutivos de delito alguno». Una tesis defendida también por la Fiscalía Provincial en su recurso ante la Audiencia de Zaragoza. «Proceda, por lo tanto, que no se alargue innecesariamente una instrucción respecto de mis investigados, por las afecciones y consecuencias desfavorables que para ellos suponen», dijo el escrito de la Abogacía y que ahora ampara el tribunal.
Arancha González Laya y Camilo Villarino, exjefe de Gabinete de la titular de Exteriores, llevaban ocho meses investigados. Pero en el caso del diplomático aragonés, el juez Lasala ya archivó su causa en el auto de marzo aunque las sospechas populares habían recurrido a esta decisión.
Una vez analizados los recursos, la respuesta del magistrado ponente de la Audiencia, José Alfonso Tello, es concluyente: «Esa decisión de permitir la entrada del señor Ghali de forma sigilosa para no afectar nuestra relación con otros países forma parte de las relaciones exteriores de nuestro Reino y lo acertado o no de dicha decisión, y las consecuencias de ella derivadas, podrá ser objeto de crítica, y lo fue, pero como mantiene el instructor es un acto político que excede del ámbito de la prevaricación», finaliza el tribunal.
González Laya también fue denunciada por ocultar presuntamente la presencia en el Hospital de Logroño del líder del Polisario, archienemigo de Marruecos y protegido por Argelia, para evitar que declare en la Audiencia Nacional donde tenía dos causas abiertas. La acusación popular, ejercida por el abogado Antonio Urdiales, presentó que esto era conocido por la ministra y su gabinete y que lo callaron de forma intencionada.
En cambio, para los magistrados de la Audiencia esa conclusión del letrado no es más que un «juicio de inferencia totalmente desprovisto de apoyo fáctico y que no deja de ser un ejercicio de presunción en contra del reo, sobre cuya implicación este tribunal no considera extenderse al ser un concepto muy conocido».
Los magistrados concluyen que, aunque estuvieran de acuerdo con el juez instructor de que fue una operación que afectó a varios ministerios y hacía falta una necesaria «coordinación», sería al presidente Pedro Sánchez a quien correspondería la organización de las funciones de los demás miembros del Gobierno.
«Aunque se admitiera que fue así, esto no apuntaría más que a la posibilidad de que fuera el presidente quien ordenara las medidas oportunas en orden a la entrada y tratamiento de Brahim Gali, pero no a que las personas investigadas en esta instrucción conocieran que la Audiencia Nacional tenía interesada su localización para ser oído como investigado (...)».
Respecto al delito de falsedad documental, el auto señala que no se ha encontrado «indicio alguno», además de destacar el «poco interés» de la acusación particular sobre este ilícito penal, que ni nombra en el recurso en el que solicitaba que se siguiera la causa contra González Laya.
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