Lunes, 1 de julio 2019, 14:27
El Tribunal Supremo aceptó este lunes, horas antes de la constitución del Parlamento Europeo, activar el mecanismo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que aclare el alcance de la inmunidad de Oriol Junqueras, a quien la misma Sala que le juzgó ... por el 'procés' impidió salir de prisión para cumplir con los trámites necesarios para adquirir la plena condición de eurodiputado.
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En un auto de 36 páginas, el tribunal presidido por Manuel Marchena formuló tres preguntas a la corte con sede en Luxemburgo para que determine la extensión de los privilegios e inmunidades de la Unión Europea, que establece que la inviolabilidad protegería a los eurodiputados «mientras el Parlamento Europeo esté en período de sesiones». Además, los magistrados por unanimidad piden que se tramite a través de un procedimiento acelerado, lo que acortaría los tiempos y no influiría en las deliberaciones de la sentencia del 'procés'.
En concreto, la Sala quiere saber si la inmunidad protege a un preso preventivo acusado de delitos graves por hechos presuntamente cometidos antes de presentarse a las elecciones. Si la respuesta es afirmativa, pregunta si también le afectaría aun cuando la Junta Electoral ha dejado vacante su escaño por no haber cumplimentado dicho trámite.
En el caso de que el Tribunal Europeo haga una «interpretación extensiva» de la inmunidad, señala el auto, la Sala pregunta asimismo a la corte de Luxemburgo si está obligada a excarcelar a Junqueras «en términos absolutos y de modo casi automático» para permitir que cumpla dichos trámites -que quedaron en suspenso- o si se deberían ponderar los derechos e intereses derivados del interés de la justicia y los relativos a la inmunidad.
En el supuesto de que lo acepte, el presidente de Esquerra tendrá que desplazarse a Bruselas. No obstante, el tribunal del 'procés' recuerda que se enfrenta a 25 años de cárcel y existe riesgo de fuga, ya que procesados huidos de la Justicia, en referencia a Carles Puigdemont, entre otros, gozan de «apoyo y sustento político» en el exterior.
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A esto se suma, según la resolución, la «reiterada desconfianza» manifestada por el dirigemte republicano sobre «la capacidad» del Supremo de «garantizar» un juicio justo, lo que hace «bien visible la ausencia de toda voluntad de permanecer a disposición de esta sala».
Del mismo modo, añade que si la inmunidad se adquiere desde la proclamación del electo en el Boletín Oficial del Estado, como defiende las defensas de Junqueras o Puigdemont, «posibilitaría la inclusión de un preso preventivo en listas electorales con el solo fin de la elusión de una responsabilidad exigida por la administración de Justicia».
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La decisión de la Sala presidida por Marchena llega después de que la Fiscalía y la Abogacía del Estado se opusieran a la cuestión prejudicial en el TJUE. Sin embargo, ahora admite que dado que están en juego los derechos de participación política del acusado no había «otra alternativa» para asegurar los fines del proceso. Del mismo modo, los magistrados aclaran que la consulta a Luxemburgo únicamente afecta a la concesión del permiso excepcional de salida y no a la situación de prisión provisional en la que se encuentra desde noviembre de 2017.
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