El pasado sábado el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) acordó suspender las actuaciones previstas en los juzgados y tribunales del país ante la situación de estado de alarma por la crisis sanitaria. El llamado 'escenario 3' dejaba un salvoconducto a aquellas actuaciones «que, de no practicarse, pudiera causar un perjuicio irreparable».
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En esa lista están los internamientos urgentes, las medidas cautelares inaplazables, las que protegen a los menores, las guardias de los juzgados de violencia de la mujer, los trámites indispensables del registro civil o las causas con detenido o preso.
Este último apartado permitió este jueves celebrar en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) uno de los juicios más mediáticos del pasado año. Se trata del 'caso tirantes', esto es, la revisión de los recursos a la condena que en noviembre pasado impuso la Audiencia de Zaragoza a Rodrigo Lanza por el homicidio imprudente de Víctor Laínez, la madrugada del 8 de diciembre de 2017 en un bar de la ciudad.
En su sentencia, el magistrado José Ruiz se ajustó al veredicto emitido por el jurado popular y castigó al ciudadano chileno de 35 años por un delito de lesiones dolosas en concurso ideal con otro de homicidio imprudente, con una atenuante de arrebato y una agravante de actuación por motivos ideológicos (odio). La resolución no consideró probado que Laínez, zaragozano de 53 años, llevara unos tirantes con la bandera nacional ni que este fuera el motivo del «golpe seco» y mortal que le propinó Lanza.
El acusado, en prisión preventiva desde que ocurrieron los hechos, compareció por videoconferencia ante la Sala Civil y Penal. Esta fue una de las medidas que tomó el presidente del tribunal, Manuel Bellido, para garantizar la celebración de la vista y prevenir cualquier contagio.
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Las otras restricciones afectaron al abogado de la Delegación del Gobierno, que no compareció por ser parte civil, y a los asistentes en la sala de vistas pese a ser vista pública. Hubo limitaciones a los medios de comunicación, solo entró un 'pool' de seis personas, y se permitió la entrada a dos más, hermanos del fallecido. Entre ellos se dispuso una distancia de más de un metro.
En el plano jurídico, la Fiscalía y los abogados de la familia de Laínez y de la acusación popular, que ejerce Vox en la persona del diputado David Arranz, mantuvieron que Lanza debe de ser condenado por un delito de asesinato. Y reclamaron la nulidad y devolución de la causa a la Audiencia Provincial porque el veredicto del jurado tiene contradicciones y le falta motivación.
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Por su parte, Endika Zulueta, abogado de Lanza, pidió que se revocara la agravante de actuación por motivos ideológicos, ya que «nadie escuchó» el intercambio de palabras entre agresor y víctima ni que Lanza llamara a Laínez «facha y fascista».
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